El Defensor del Pueblo pide medidas ante el impacto acústico del Auditorio Rocío Jurado

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, en una de sus resoluciones, ha sugerido que se elabore un informe técnico sobre si, en la actualidad y dado los usos residenciales existentes en espacios muy próximos al Auditorio Municipal Rocío Jurado de Sevilla, sería necesario adoptar medidas correctoras del impacto acústico que generan las actividades que se desarrollan en este espacio, a fin de evitar que, incluso en horario autorizado, se puedan producir ruidos cuyo nivel de emisión o inmisión sean incompatibles con el respeto a los derechos constitucionales, todo ello a través de una Resolución dirigida al Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por Juan Ignacio Zoido (PP), recogida por Europa Press.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, en una de sus resoluciones, ha sugerido que se elabore un informe técnico sobre si, en la actualidad y dado los usos residenciales existentes en espacios muy próximos al Auditorio Municipal Rocío Jurado de Sevilla, sería necesario adoptar medidas correctoras del impacto acústico que generan las actividades que se desarrollan en este espacio, a fin de evitar que, incluso en horario autorizado, se puedan producir ruidos cuyo nivel de emisión o inmisión sean incompatibles con el respeto a los derechos constitucionales, todo ello a través de una Resolución dirigida al Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por Juan Ignacio Zoido (PP), recogida por Europa Press.

Ante las reiteradas denuncias por varias personas que residen en la zona de influencia acústica del Auditorio, sobre supuestos incumplimientos de la normativa de horarios y ruidos de éste, el Defensor del Pueblo Andaluz ha dado cuenta de que en el citado recinto propiedad del Consistorio pero explotado por concesión administrativa por diversas entidades, se han desarrollado actividades o eventos con "diversas infracciones del ordenamiento jurídico, sin consecuencias, hasta la fecha, para los infractores".

Debido al retraso observado en la tramitación de los expedientes sancionadores abiertos contra la entidad concesionaria, así como a la falta de información de los denunciantes sobre estos expedientes sancionadores, la Oficina del Defensor del Pueblo ha recomendado que se investigue la causa de que estas denuncias, algunas realizadas por los propios agentes de la Policía Local cuando han acudido al recinto, no hayan sido tramitadas, así como por las causas de las graves "dilaciones" que se observan en los expedientes, determinando el nivel de responsabilidad de los concesionarios en relación con las obligaciones que, como responsables y adjudicatarios del mismo, deben asumir.

Asimismo, ha indicado que, en su caso, se valore iniciar un expediente sancionador por presunta vulneración de las hormas sobre horarios de cierre y de la normativa sectorial en materia de seguridad y protección en caso de incendios u otras eventualidades de riesgo.

Del mismo escrito, se desprende que los vecinos de la zona han asegurado que cada vez que se anuncia un evento musical en el Auditorio, se dirigen al Ayuntamiento para que se adopten medidas preventivas en evitación de hechos y situaciones que por "repetidas e impunes", en la mayoría de los casos, "hacen temer a los vecinos que vuelvan a repetirse, una y otra vez, sin consecuencias para los infractores de la normativa sectorial aplicable". Y es que hechos de esta naturaleza "están teniendo lugar desde hace años", puesto que el recinto se inauguró en 1992.

De esta forma, el Defensor ha señalado que el disfrute de determinados derechos constitucionales para un sector de la población que reside cerca de este Auditorio, o se encuentra en su zona de influencia acústica, queda al "albur" de la capacidad organizativa y de venta de quien convoca el espectáculo y del concesionario del recinto que facilita este inmueble para la celebración de tales eventos, "sin que toda la batería de medias legislativas, técnicas y organizativas para preservar y proteger tales derechos impida el resultado lesivo de los mismos", añade.

En este sentido, ha recordado el "arsenal" de medidas protectoras frente al ruido para supuestos como este, que va desde una legislación "cada vez más exigente" con la calidad ambiental y la minimización del impacto ambiental del ruido, hasta los medios policiales, incluso especializados, como en el caso de Sevilla, pasando por los servicios administrativos encargados de tramitar los correspondientes expedientes, el cual, según Chamizo, "soporta una fuerte carga de trabajo, en torno a 1.000 expedientes incoados anualmente".

Según ha indicado el Defensor del Pueblo en el escrito, el recinto presenta las anomalías como no tener instalados extintores, ni limitador de sonido, carecer de licencia de apertura, no tener señalizadas salida de emergencia, inexistencia de certificados de manipulador de alimentos, carecer de seguro de responsabilidad civil y de cartel anunciador de hojas de reclamaciones, así como ausencia de documento de titularidad, aforo y horario.

Es por ello, que ha considerado que de los hechos se desprende, en todo caso, un incumplimiento reiterado de los horarios autorizados para el funcionamiento de las actividades que se desarrollan en el Auditorio de La Cartuja, lo que constituye, presuntamente, una infracción de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía (Lepara).

De igual modo, ha añadido que no se observa, por los motivos que sean, que la tramitación del expediente se esté llevando con la agilidad mínima exigible, pues no entiende cómo, habiéndose dictado resolución de inicio de expediente el 30 de Julio de 2012, a fecha de 10 de Abril de 2013, "aún no se había realizado informe o actuación alguna en la que se dejara constancia en el expediente".

Todo ello pese a tener pleno conocimiento la Dirección General de Medio Ambiente del Ayuntamiento, que es el órgano competente para iniciar y resolver el expediente, de que el plazo máximo para resolver el procedimiento es de diez meses para la resolución y notificación, a contar desde la fecha de la resolución de iniciación.

Por tanto, a juicio del Defensor, "no son cuestiones de legalidad ordinaria las que se discuten en este proceso sino de garantía de derechos fundamentales frente a formas de agresión a ellos" que, además, se significan porque, al mismo tiempo, deterioran el medio ambiente cuya calidad han de preservar y mejorar todos los poderes públicos. Se trata, en definitiva, "de la polución de los derechos fundamentales", asegura.

Por último y a la vista de la documentación obrante en el expediente, Chamizo ha aseverado que en el Auditorio de Sevilla se han estado desarrollando actividades o eventos públicos en los que se han producido, presuntamente, "diversas infracciones del ordenamiento jurídico, sin consecuencias hasta la fecha para los infractores".

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