La CE retira su denuncia contra España por la tasa a las telecos para financiar RTVE

  • Se impuso una tasa del 0,9% de sus ingresos brutos para compensar la pérdida de ingresos procedentes de la publicidad en RTVE.
  • La Comisión Europea entiende que es compatible con las normas sobre ayudas.
  • Francia o Hungría vivían situaciones muy similares.
Logotipo de la radiotelevisión pública en una de las sedes de RTVE.
Logotipo de la radiotelevisión pública en una de las sedes de RTVE.
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Logotipo de la radiotelevisión pública en una de las sedes de RTVE.

La Comisión Europea (CE) ha retirado la denuncia presentada contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) por el modelo de financiación de Radiotelevisión Española (RTVE), aprobado en 2010 y que prevé una tasa a las empresas de telecomunicaciones.

La CE, en vista de una sentencia reciente de ese tribunal en la que consideraba en línea con el derecho de la Unión la tasa impuesta en Francia a los operadores de telecomunicaciones con el fin de financiar la televisión pública, decidió retirar los casos paralelos contra España y Hungría, precisaron las fuentes.

La Comisión explicó que ha basado esta decisión sobre la sentencia de la corte, con sede en Luxemburgo, del pasado 27 de junio, en la que decidió que la tasa impuesta por Francia a los operadores de telecomunicaciones en 2009 "no viola las normas de telecomunicaciones de la UE".

El caso concernía a la aplicación del artículo 12 de la directiva europea relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, según la cual los cargos administrativos impuestos específicamente a operadores de telecomunicaciones "deben cubrir únicamente los costes relacionados con la gestión y regulación del sector".

"La sentencia del tribunal sobre el caso francés es de directa relevancia para los casos que conciernen a otros Estados miembros, dado que procedimientos por casos similares se habían iniciado contra España y Hungría", indicaron las fuentes.

En particular, destacaron que esos casos también conciernen la compatibilidad con la ley de la UE de "ciertos cargos" impuestos a operadores de telecomunicaciones y están relacionados con la aplicación de esa directiva.

Bruselas denunció a Francia y a España, en este caso por imponer también una tasa a los operadores de telecomunicaciones del 0,9 % de sus ingresos brutos para compensar la pérdida de ingresos procedentes de la publicidad de pago en RTVE.

En julio de 2010, la CE declaró que los nuevos regímenes de financiación de France Télévisions y RTVE eran compatibles con las normas sobre ayudas estatales, aunque estas decisiones se supeditaban a su compatibilidad con las normas de la UE en materia de telecomunicaciones.


Menos anunciones en abierto

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) también sentenció que los países pueden obligar a las televisiones en abierto a emitir menos anuncios que sus competidoras de pago, siempre que se protejan los intereses de las cadenas y de los espectadores.

"El legislador nacional puede establecer límites diferentes respecto del tiempo de emisión horaria de la publicidad en función de si las televisiones son o no de pago", afirmó la Corte en un comunicado.

La sentencia está motivada por el caso que enfrenta a la cadena Sky Italia con la autoridad encargada de la Garantía de las Comunicaciones del país, la AGCOM, que impuso a la televisión una multa de 10.329 euros por exceder el límite de anuncios que le está permitido emitir.

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