El juez que llevó la Ley Hipotecaria a Bruselas ve el recurso al decreto antidesahucios como una "estrategia política"

El juez José María Fernández Seijo, magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona y que llevó la Ley Hipotecaria española ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha considerado el recurso del Gobierno nacional sobre el decreto andaluz de desahucios, admitido a trámite por el Tribunal Constitucional (TC) y que conlleva la suspensión de la norma andaluza durante cinco meses, más "una estrategia política de enfrentamiento que una cuestión técnico-jurídica".
José María Fernández Seijo
José María Fernández Seijo
EUROPA PRESS
José María Fernández Seijo

El juez José María Fernández Seijo, magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona y que llevó la Ley Hipotecaria española ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha considerado el recurso del Gobierno nacional sobre el decreto andaluz de desahucios, admitido a trámite por el Tribunal Constitucional (TC) y que conlleva la suspensión de la norma andaluza durante cinco meses, más "una estrategia política de enfrentamiento que una cuestión técnico-jurídica".

En declaraciones a Europa Press, Seijo ha mostrado su opinión personal al respecto y ha afirmado que "no hay ningún elemento" en el decreto que "permita pensar que la Junta haya actuado fuera de sus competencias, ni que la Junta esté vulnerando derechos fundamentales". "Es mi opinión, es más una estrategia política de enfrentamiento político que una cuestión técnico-jurídica", ha subrayado.

En este sentido, ha apuntado que las materias de vivienda están transferidas a las comunidad, por lo que, "en teoría, no debería haber conflicto". De esta manera, cree que es "más un recurso político y no técnico".

"El Gobierno ha utilizado el Tribunal Constitucional como instrumento de presión política a la Junta, pero no hay ningún elemento que permita pensar que la Junta haya actuado fuera de sus competencias".

Seijo ha explicado que la suspensión del decreto de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda por parte del TC es automática y dura cinco meses y es así "cada vez que el presidente del Gobierno recurre por inconstitucionalidad una norma autonómica". "No hay una decisión política en el Tribunal Constitucional al suspender la norma", ha indicado.

De esta manera, el decreto andaluz es norma no aplicable durante cinco meses, según los artículos 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el 160 de la Constitución. Además, el TC debe revisar cada cinco meses la decisión de mantener o levantar la suspensión.

"El TC tiene que revisarlo cada cinco meses y, por tanto, cuando acabe este periodo puede volver a suspenderlo cinco meses más y mientras siga el recurso puede mantener la suspensión hasta que el TC dicte sentencia", ha señalado Seijo, quien ha estimado que esto puede demorarse entre 14 y 28 meses.

El juez que llevó la Ley Hipotecaria ante el TJUE ha afirmado que, a partir de la suspensión del decreto andaluz, las entidades financieras pueden reactivar los lanzamientos y, en este caso, ha destacado que las personas afectadas podrían solicitar la aplicación de la norma estatal 1/2013, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, que "en algunos casos y sobre todo cuando hay riesgo de exclusión social en vez de desahuciar puede permitir la paralización de las ejecuciones".

Asimismo, ha señalado que los jueces podrían también decidir la suspensión del lanzamiento para aquellas familias que ya se habían acogido al decreto andaluz "ante los perjuicios que puede causarse a las familias que viven en las casas", pero "eso ya es decisión de cada juez", aunque ha considerado que "los daños pueden ser irreparables".

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