CNC expedienta a 7 firmas, dos con sede en Andalucía, y una patronal del transporte en frío por un posible cartel

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha abierto expediente sancionador contra siete empresas --dos de ellas con sede en Andalucía-- y una asociación del sector del transporte frigorífico de mercancías por carretera por la formación de un posible cartel.

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha abierto expediente sancionador contra siete empresas —dos de ellas con sede en Andalucía— y una asociación del sector del transporte frigorífico de mercancías por carretera por la formación de un posible cartel.

La CNC sospecha que estas firmas adoptan acuerdos para fijar precios y condiciones comerciales de este tipo de transporte, según informó en un comunicado.

El organismo que preside Joaquín García Bernaldo de Quirós abre el expediente tras las inspecciones realizadas en las sedes de varias empresas y asociaciones del sector los días 11 y 12 de diciembre de 2012, y 13 y 14 de marzo de este año.

De la información recabada, la Dirección de Investigación ha observado "indicios racionales" de la existencia de dichas conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia.

Las empresas a las que se abre el expediente son, en el caso de las que cuentan con sede en Andalucía, Primafrío (Huelva) y Transportes Antonio Belzunces (Almería), y el resto son Arnedo Medina Valencia, Campillo Palmera, Transportes Carlos, Transportes Caudete y Transportes Mazo Hermanos. También incluye a la Asociación Española de Empresarios de Transporte Bajo Temperatura Dirigida.

La CNC recuerda que este tipo de infracciones están consideradas como "muy graves" y pueden suponer una multa de hasta el diez por ciento de la facturación de las entidades implicadas en el ejercicio anterior a la sanción.

De igual forma, Competencia remarca que investigar los cárteles constituye una de sus prioridades, dada la "especial gravedad" que sus consecuencias tienen para los ciudadanos.

Con todo, la CNC indica que la incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. A partir de ahora abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y su resolución por parte del consejo de la Comisión.

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