El Consejo Andaluz suspende de forma cautelar el proceso electoral a la presidencia del Colegio de Médicos

El Pleno de Presidentes del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (CACM), en su sesión celebrada este mismo miércoles 26 de junio, ha adoptado la medida cautelar de suspender el proceso electoral correspondiente al Colegio de Médicos de Sevilla.

El Pleno de Presidentes del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (CACM), en su sesión celebrada este mismo miércoles 26 de junio, ha adoptado la medida cautelar de suspender el proceso electoral correspondiente al Colegio de Médicos de Sevilla.

Este medida que viene después de que el pasado viernes la Junta Electoral del colegio sevillano resolviese "no elevar a definitiva" la proclamación provisional de la candidatura presentada por Antonio Gutiérrez, "y en consecuencia inadmitir su candidatura", lo que motivo que el propio Gutiérrez anunciase ese mismo viernes que acudiría al Consejo Andaluz de Médicos para resolver la cuestión, así como a los tribunales pertinentes al entender que había existido "una vulneración de los derechos fundamentales", según el propio afectado.

En un comunicado, el CACM ha informado de que la reanudación del proceso electoral queda condicionada "por la fecha en que adoptemos la decisión procedente sobre el Recurso de Alzada planteado, momento en el que ampliaremos el plazo del período de campaña electoral, de acuerdo con los criterios que prudentemente presidirán nuestra actuación".

De igual forma, desde el Consejo Andaluz de Médicos ha querido expresar "de forma contundente" su rechazo "a cualquier tipo de comportamiento que se aleje de la debida deferencia, lealtad y respeto que merece todo colegiado como se recoge en el artículo 37 del Código Deontológico de la Organización Médica Colegial".

En el mismo artículo, prosigue en la nota difundida por el CACM, se establece "la obligatoriedad de abstenerse de criticar despectivamente las actuaciones de sus colegas". Asimismo, alude al propio Estatuto del Colegio de Médicos de Sevilla en dónde se establece "la prohibición de toda actividad electoral que implique descrédito o falta de respeto personal a los demás candidatos y desacuerdo con los principios contenidos en el código de ética y deontología médica".

"Este Consejo quiere advertir que la Junta Electoral está facultada para excluir como candidatos, en cualquier momento del proceso, a quién quebrante las prohibiciones contenidas en el artículo 29 de los estatutos del Colegio", han concluido desde el CACM.

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