Fiscalía archiva la denuncia de CCOO e IU por presunta prevaricación de Capellán por subvenciones a Alcaste

La Fiscalía ha dictado un decreto por el que acuerda el archivo de la denuncia presentada el pasado 5 de mayo por la Federación de Enseñanza de CCOO y por Izquierda Unida por un presunto delito de prevaricación administrativa contra el actual consejero de Educación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Gonzalo Capellán.

La Fiscalía ha dictado un decreto por el que acuerda el archivo de la denuncia presentada el pasado 5 de mayo por la Federación de Enseñanza de CCOO y por Izquierda Unida por un presunto delito de prevaricación administrativa contra el actual consejero de Educación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Gonzalo Capellán.

Los hechos se refieren a las subvenciones públicas atribuidas al Colegio Alcaste durante los años 2012 y 2013, a pesar según los denunciantes, de que el mencionado colegio divide sus aulas atendiendo al sexo de los alumnos.

En la denuncia se argumenta la posible comisión de un delito de prevaricación administrativa en relación, según el decreto de la Fiscalía, "al artículo 84.3º de la L.O 2/2006 de 3 de mayo, que proscribe de manera tajante cualquier caso de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

En el decreto de la Fiscalía se cita la Convención de la Unesco de 1960, que señala que "no serán consideradas formas de discriminación por razón de sexo de los alumnos el mantenimiento de sistemas de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para el sexo femenino, siempre que estos sistemas ofrezcan facilidades equivalentes en el acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente cualificado, así como de locales y equipos de igual calidad y condición, y les permitan seguir los mismos programas de estudio".

También se tiene en cuenta en la resolución que hay diversas sentencias de tribunales de lo contencioso administrativo que, sin unidad de criterio, entienden afectado el principio de igualdad cuando se separan las aulas por sexo. Pero estas sentencias resolvían las impugnaciones de las diferentes órdenes de las correspondientes consejerías de educación de cada comunidad autónoma.

En este caso no se impugna la Orden de la Consejería de Educación por la que se da la situación denunciada. Dice el decreto que por los denunciantes "jamás se llegó a impugnar judicialmente su validez". Por lo tanto, concluye la Fiscalía, "no puede ser infracción penal lo que ni siquiera se ha acreditado sea irregularidad administrativa, debiendo evitarse el contrasentido de que sea autor de un delito quien se ha atenido a la legislación vigente nunca discutida".

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