El periodista Carlos Dávila es condenado a pagar 5.000 euros al juez Pedraz por llamarle "cabrón"

  • Fue en julio de 2011 durante un debate en el programa 'El gato al Agua' de 'Intereconomía'; se trataba el auto de libertad del etarra Iñaki de Rentería.
  • "A mi este tipo me avergüenza que esté en la Audiencia Nacional por mucho flequillo que lleve el cabrón", dijo Dávila sobre el magistrado Santiago Pedraz.
  • El juez considera que es lícito criticar, pero no insultar a un órgano instructor de la AN; Dávila cometió "un delito de injurias graves con publicidad".
  • El periodista ha sido condenado también a pagar una multa durante once meses con una cuota diaria de treinta euros, unos 10.000 euros, y las costas.
El periodista Carlos Dávila.
El periodista Carlos Dávila.
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El periodista Carlos Dávila.

El periodista Carlos Dávila, exdirector del diario La Gaceta, ha sido condenado a indemnizar con 5.000 euros al juez Santiago Pedraz de la Audiencia Nacional por cometer "un delito de injurias graves con publicidad" al llamarle durante una tertulia televisiva, entre otras cosas, "cabrón" y decir que le "avergonzaba" que el magistrado ejerciera en dicho tribunal.

Los hechos tuvieron lugar el 19 de julio de 2011 en el programa El gato al Agua de Intereconomía, en el que se debatía sobre el auto de libertad que el juez había dictado en relación al etarra Iñaki de Rentería. "A mi este tipo me avergüenza que esté en la Audiencia Nacional por mucho flequillo que lleve el cabrón", dijo en un momento dado del debate Dávila.

El presentador del programa instó a Dávila a que retirara sus calificativos, que el juez asegura que tenían "intención de menospreciarle personalmente, de desacreditarle"; el periodista "manifestó que lo retiraba", pero añadiendo que le avergonzaba "el personaje", una expresión que reiteró después en varias ocasiones durante la tertulia.

Dávila también ha sido condenado a pagar una multa durante once meses con una cuota diaria de treinta euros (unos 10.000 euros) y a pagar las costas del proceso. En el plazo de un mes, la sentencia, a la que ha tenido acceso 20minutos.es, tendrá que divulgarse en el mismo programa de televisión.

Tras enterarse de lo sucedido, el juez Pedraz interpuso una denuncia y el fiscal pidió una pena de 9 meses de multa con una cuota diaria de 15 euros, así como el pago de las costas. Asimismo, solicitó una indemnización en concepto de responsabilidad civil a efectuar "solidariamente" con el grupo Intereconomía.

La acusación, por su parte, pidió 100.000 euros de indemnización "por daños morales" y la publicación de la sentencia en varios medios de comunicación "a costa del acusado", según consta en la sentencia del juez Gonzalo de Aranda, titular del juzgado de lo Penal número 5 de Madrid.

Dávila se defendió ante el juez explicando que la vergüenza es "subjetiva" y que nunca había sido condenado por injurias. Además, añadió que en 2000 había sido objeto "de un seguimiento por parte de ETA" y que Rentería había manifestado su intención de "asesinar periodistas", por eso el periodista llevaba escolta, relata la sentencia.

Dijo Dávila en su declaración que estaba "encendido" durante la tertulia y que "no siente animadversión" por el juez. La sentencia, recurrible, dice que los hechos probados "son constitutivos de un delito de injurias graves con publicidad". "El calificativo de cabrón, referido a una persona, es un insulto tanto dado desde el punto de vista semántico, como desde el punto de vista de su consideración social", detalla el documento.

El juez De Aranda dice que las afirmaciones de Dávila, dada su trayectoria profesional, tienen "una mayor proyección para formar opinión sobre el público al que van destinadas" y aclara que aunque un órgano de instrucción de la Audiencia Nacional puede recibir críticas, tiene que ser respetado y no recibir insultos "proferidos a través de los medios de comunicación".

La sentencia añade que las palabras de Dávila se produjeron en un programa en horario de audiencia media, en una televisión de difusión nacional y fueron recogidas por otros medios. "No es lícito, en el marco de la libertad de expresión, llamar cabrón al señor Pedraz por el sentido de sus resoluciones judiciales", concluye el juez.

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