El anteproyecto de ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) prevé algunas reformas entre las que destaca el hecho de que el Gobierno o las comunidades autónomas podrán cerrar páginas web que se consideren de contenido fraudulento.
También que las compañías de telecomunicaciones, eléctricas, los bancos y las de agua y gas tendrán que facilitar a sus usuarios la posibilidad de realizar gestiones a través de internet.
El texto especifica que "un órgano competente [...] interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España".
Tratan así de que las administraciones públicas puedan eliminar los contenidos en internet que supongan algún riesgo de estafa, ya sea para la obtención de datos de los usuarios o por publicidad engañosa.
El Consejo Asesor de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (CATSI), por su parte, defiende la idea de que los sitios web sólo puedan ser cerrados por orden judicial.
Hasta ahora, la legalidad de los contenidos era decidida por un juez, aunque con la entrada en vigor de la reforma que ahora se plantea esta situación podría cambiar.
Desde la Asociación de Usuarios de Internet se plantea que si esta idea llega a aprobarse, las páginas web podrían verse sometidas a un sistema de censura previa.
En su opinión, este texto "no recoge las sugerencias sobre las garantías judiciales a la hora de retirar un contenido de la Red o prohibir el acceso a una determinada página".
No obstante, desde la Administración se defiende la idea de que sólo se está trasladando al mundo virtual una posibilidad que ya existe en el mundo real, como la de cerrar establecimientos que venden productos ilegales o engañosos.

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