El Corte Inglés es requerido a aplicar medidas para igualar salarios entre hombres y mujeres

  • La Audiencia Nacional da un plazo de tres meses a la empresa.
  • A raíz de una demanda de conflicto colectivo promovida por CC OO y UGT.
  • La empresa asegura que está "comprometida con los avances en igualdad".
Un edifico del centro comercial El Corte Inglés.
Un edifico del centro comercial El Corte Inglés.
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Un edifico del centro comercial El Corte Inglés.

La Audiencia Nacional ha requerido a El Corte Inglés para introducir en un plazo máximo de tres meses medidas "correctivas" para equiparar los salarios de mujeres y hombres y que éstas "puedan aplicarse este mismo año".

El tribunal se pronuncia así en un auto en el que ordena ejecutar la sentencia dictada el pasado 17 de enero, a raíz de una demanda de conflicto colectivo promovida por CC OO y UGT, en la que declaró que El Corte Inglés, aunque había ejecutado la gran mayoría de las obligaciones contenidas en el Plan de Igualdad de la empresa, no había cumplido dos de ellas.

Fuentes de El Corte Inglés han señalado, tras conocer la resolución, que la empresa, "que integra una plantilla mayoritariamente femenina", está "comprometida con los avances en materia de igualdad" y que el citado Plan se negoció y acordó "por unanimidad" con todos los sindicatos representados en la misma.

Estas fuentes han recordado, además, que la sentencia reconocía que las medidas adoptadas han permitido "visualizar avances importantes en la consecución de los objetivos del plan" y que se ha acreditado una mejora sustancial en la promoción de las trabajadoras a puestos superiores, lo que ha supuesto "un vuelco espectacular en el proceso de equiparación". Una de las obligaciones incumplidas consistía en "analizar los complementos retributivos en función de las categorías de trabajo y los diferentes departamentos, así como promover medidas anuales correctivas para la equiparación progresiva de las retribuciones entre mujeres y hombres".

Ya se han hecho cambios

En la nómina del pasado mes de enero ya se introdujeron cambios que permiten identificar los conceptos retributivos uno a uno, pero el tribunal critica que, una vez hecho esto, el compromiso de la empresa se limite a "efectuar, una vez terminado el primer trimestre de 2014, una evaluación de implantación de la medida, estudiándose cuantías por concepto y género".

Las modificaciones en la nómina, dice la sala, constituyen "un instrumento útil para comprobar si se retribuye igual salario por igual trabajo a las mujeres con respecto a los hombres", pero no son "una medida para la equiparación progresiva" de los salarios.

Tampoco ve suficiente el emplazamiento a hacer una evaluación a partir del segundo trimestre de 2014, "ya que evaluar no significa corregir", por lo que concluye que la sentencia no se ha cumplido "en sus propios términos" y requiere a la empresa para introducir "en un plazo máximo de tres meses" medidas correctivas para equiparar las retribuciones "que puedan aplicarse este mismo año".

La segunda obligación que se declaró incumplida se refería a la "homogeneización de la uniformidad de los mandos", pero el pasado 7 de mayo se decidió que a partir del primer semestre de este año los hombres llevarán uniforme, como ya lo hacen las mujeres con esa categoría, y la sala ha considerado razonable el plazo de seis meses acordado para ejecutar esta medida.

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