Convocadas subvenciones a entidades locales para el mantenimiento de plazas en centros de mayores por 21,6 millones

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una orden de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013, con una cuantía máxima de 21,6 millones de euros.
TERCERA EDAD, ANCIANO, MAYORES
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EUROPA PRESS
TERCERA EDAD, ANCIANO, MAYORES

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una orden de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2013, con una cuantía máxima de 21,6 millones de euros.

Según publica el DOCM este lunes y recoge Europa Press, serán subvencionados aquellos programas, servicios y centros que resulten adecuados, congruentes y complementarios, respecto a las líneas de actuación y a las prioridades establecidas por esta Consejería, en el ámbito de la atención a las personas mayores para el ejercicio 2013, procurándose, en todo caso, el equilibrio territorial entre las provincias de la región.

Las subvenciones objeto de esta orden se destinarán a gastos de personal, mantenimiento y reserva de plazas en residencias para mayores, viviendas de mayores, servicios de estancias diurnas (centros de día especializados para personas mayores), servicios de estancias nocturnas, destinados a personas dependientes o en proceso de reconocimiento de grado de dependencia y centros de día de atención a personas mayores.

Se podrán subvencionar, asimismo, gastos de personal y mantenimiento para el desarrollo de programas o proyectos para mayores, vinculados al envejecimiento activo y saludable y de promoción de la autonomía personal, de carácter innovador, orientados a la optimización de otros recursos.

Se excluyen expresamente del objeto de esta convocatoria los servicios de comidas y lavandería a domicilio, cuya financiación se determinará en el marco de la relación que se establezca entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Entidades locales para el desarrollo de los programas de ayuda a domicilio

REQUISITOS

Podrán solicitarlas las entidades locales de la región que concurran a la presente convocatoria deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, deberán disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

Así como disponer de la correspondiente autorización para el centro respecto del que se solicita la subvención, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, y haber justificado, en su caso, las subvenciones concedidas por esta Consejería.

PLAZOS

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta Orden será de tres meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

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