Denuncian a España por incumplir la sentencia europea que anuló el canon digital

  • El Tribunal Supremo obligó a pagar a una empresa 300.000 euros a la SGAE.
  • El Tribunal Europeo había determinado que el canon no se ajustaba al derecho.
  • Reclaman al Estado 500 millones de euros.
Los CDs y DVDs son productos tradicionalmente gravados con el canon digital.
Los CDs y DVDs son productos tradicionalmente gravados con el canon digital.
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Los CDs y DVDs son productos tradicionalmente gravados con el canon digital.

Un abogado de Barcelona ha interpuesto este martes una demanda ante la Comisión Europea (CE) contra el Estado español, al que acusa de incumplir una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que en 2011 declaró nulo el canon digital, al determinar que era contrario al derecho comunitario.

De esta forma, el abogado Josep Jover, en nombre de la empresa de electrónica Freephone Axarquia SL de Vélez-Málaga (Málaga), ha reclamado a España una multa de 500 millones de euros, la cantidad que, entiende, el Estado debería haber devuelto a las entidades de gestión que cobraron el canon.

En octubre de 2011, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en la sentencia del conocido como caso Padawan que la "aplicación indisciminada" del canon, en particular a equipos, aparatos y soportes de reproducción digital que no estuviesen puestos a disposición de usuarios privados y estuviesen reservados a usos distintos a la realización de copias privadas, no era conforme con el derecho comunitario.

Sin embargo, la empresa a la que representa Jover, de venta de CD y DVD, regentada por Noelia Ben Tarifit, fue condenada a pagar a la SGAE 600.000 euros por el canon digital. Esta cantidad fue, posteriormente, rebajada a 300.000 y ratificada por el Tribunal Supremo, "sin hacer caso a la sentencia europea", explica el abogado: "Noelia y su marido vieron como les embargaron la casa, tuvieron que cerrar la tienda y están arruinados".

Por eso, el abogado basa su denuncia en tres pilares. El primero de ellos es que "el Tribunal Supremo español no aceptó la cuestión prejudicial entablada por la mercantil Freephone Axarquia SL". El segundo, que "no ha revocado las sentencias a favor del canon digital que antes habían dictado, tanto ellos como las audiencias, en virtud de su jurisprudencia".

Por último, porque el Estado "pasa olímpicamente, con la ayuda de la resolución del Supremo, de reclamar lo que le es propio, el canon pagado con nuestros impuestos, beneficiando a unas entidades de gestión que lo cobraron con apoyo de los políticos". Unas entidades que, asegura, "deberían devolver lo indebidamente percibido", que podría alcanzar "un mínimo de 57 millones anuales".

Jover ha explicado además que la empresa malagueña no podrá reclamar la devolución de los 300.000 euros hasta que la CE no sanciona al Estado español y que, esa hipotética sanción abrirá la puerta a reclamar a todos los damnificados por el cobro del canon.

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