El juzgado verá en julio la demanda contra Ryanair por publicidad sexista

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha fijado para el 11 de julio la vista por la demanda presentada por una asociación de consumidores contra Ryanair, en la que el colectivo solicitó que se declarara "ilícita" y "desleal" una campaña promocional y un calendario lanzados por la aerolínea, según han informado a Europa Press fuentes del caso.
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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha fijado para el 11 de julio la vista por la demanda presentada por una asociación de consumidores contra Ryanair, en la que el colectivo solicitó que se declarara "ilícita" y "desleal" una campaña promocional y un calendario lanzados por la aerolínea, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

En la demanda presentada, a finales de 2012, por la Asociación de Consumidores y Usuarios Adecua, se explicaba que la aerolínea comenzó a promocionar en octubre de dicho año en su página web la venta de billetes de avión "usando como reclamo publicitario la imagen en biquini de distintas mujeres", incluyendo expresiones como "tarifas al rojo vivo".

Al mismo tiempo, en el documento remitido al juzgado por la representación legal de la asociación, se indicaba que en la página web de dicha compañía aparecía la portada del calendario de 2013, confeccionado "con la imagen de seis azafatas de la demandada con biquinis de distinto colorido, identificándolas con 'Las chicas Ryanair'".

Así, se considera que la aerolínea "usa la imagen de la mujer con carácter discriminatorio dado que hace referencia de forma genérica a la tripulación de cabina, que también está constituida por personal masculino, pero, sin embargo, se limita a mostrar la imagen de azafatas, valiéndose así del cuerpo de la mujer como mero gancho".

Por otro lado, previamente, el colectivo realizó un requerimiento de cese de publicidad en sendas campañas, con un resultado "infructuoso", se indicaba en la demanda, en la que se insistía en que se utiliza el cuerpo de las azafatas "totalmente fuera de contexto", con un uso "discriminatorio y estereotipado de la imagen de la mujer".

Por esto, se pedía que se declarara la publicidad desarrollada tanto a través de la campaña de venta de billetes como del calendario como "ilícita y desleal" y que se condene a la compañía a cesar la promoción y "abstenerse de la reiteración futura" de la misma.

El juicio se fijó inicialmente para el pasado 30 de abril, pero la empresa presentó que se declarase la nulidad de actuaciones, ya que la citación remitida por el juzgado "estaba viciada", a su entender, "al no haberse acompañado la correspondiente traducción al inglés", según un auto del juzgado. Tanto Adecua como el ministerio fiscal se opusieron a dicha nulidad, acordando finalmente la jueza que no ha lugar a la misma.

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