La Junta comienza la inspección de las casi 650.000 viviendas vacías en Andalucía, aunque no actuará de forma simultánea

El Plan Extraordinario de Inspección de Viviendas 2013-2014, publicado este viernes en el BOJA y que entra en vigor este sábado, permitirá a la Junta de Andalucía comenzar la tarea de investigación, control, vigilancia y sanción, si corresponde, de los casi 650.000 inmuebles que se encuentran desocupados en Andalucía, de acuerdo con el reciente Censo de Población y Vivienda publicado por el Instituto Nacional de Estadística, aunque no se actuará simultáneamente sobre todo el parque residencial vacío.

El Plan Extraordinario de Inspección de Viviendas 2013-2014, publicado este viernes en el BOJA y que entra en vigor este sábado, permitirá a la Junta de Andalucía comenzar la tarea de investigación, control, vigilancia y sanción, si corresponde, de los casi 650.000 inmuebles que se encuentran desocupados en Andalucía, de acuerdo con el reciente Censo de Población y Vivienda publicado por el Instituto Nacional de Estadística, aunque no se actuará simultáneamente sobre todo el parque residencial vacío.

Según ha indicado la Consejería de Fomento y Vivienda en una nota, esta tarea de comprobación e inspección comenzará por los municipios en los que se producen mayores desequilibrios entre la demanda residencial y la existencia de pisos vacíos.

La Consejería de Fomento y Vivienda no actuará simultáneamente sobre todo el parque residencial vacío, ya que no es viable desde un punto de vista operacional, ni deseable en términos de utilidad social, de ahí que se haya establecido ese criterio.

En el desarrollo de esta labor inspectora, la Consejería de Fomento y Vivienda hará especial hincapié en el trabajo de comprobación de los inventarios de vivienda protegida que son titularidad de las entidades financieras y que ya están comunicando a la Junta de Andalucía, en cumplimiento que la exigencia del Decreto Ley de la Función Social de la Vivienda.

Esa información servirá de punto de partida para establecer la situación administrativa en la que se encuentran estos inmuebles protegidos y constatar si se ha cumplido con la obligación de ponerlas a disposición de los registros municipales de demandantes de vivienda, tal y como establece la normativa vigente.

El plan constituye el primer desarrollo normativo del decreto ley para asegurar la función social de la vivienda. Tiene como objetivos fundamentales "garantizar la función social de la vivienda, la puesta a disposición del mercado de arrendamiento del mayor número posible de viviendas, con el fin de eliminar esa brecha entre demanda e inmuebles vacíos; y propiciar que los propietarios y las empresas suministradoras cumplan con su obligación de depositar las fianzas asociadas a la formalización de los contratos de arrendamientos de viviendas y de la prestación de servicios (luz, agua, gas)".

A partir del control de los depósitos de estas fianzas, la Consejería de Fomento y Vivienda tendrá la oportunidad de constatar posibles incumplimientos e iniciar la labor administrativa correspondiente que propicie el ingreso de esas fianzas en las condiciones establecidas por la Ley.

El decreto ley modifica precisamente la Ley 8/1997 de medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta y otras entidades, de recaudación, contratación, de función pública y de fianza de arrendamientos y suministros para propiciar estas funciones de control.

Detalles del plan

El plan contiene los criterios sectoriales, territoriales, cuantitativos o de cualquier otro tipo, así como orden de prioridades que van a servir para seleccionar los ámbitos, objetivos, inmuebles y viviendas objeto de las actuaciones inspectoras, así como la determinación del tipo y número de éstas que deban realizarse.

Esta herramienta se compone de una memoria justificativa de las necesidades de intervención, las directrices generales y estratégicas, mediante la determinación de las áreas de atención prioritaria y criterios básicos de desarrollo y los criterios que prioricen la actuación de la Administración en atención a las anteriores directrices generales.

Asimismo, contiene una delimitación de los ámbitos geográficos y materiales de actuación, la determinación de los objetivos en el periodo de vigencia o la descripción de los programas que instrumentarán la planificación durante su vigencia.

La Consejería apunta que este plan "supone, en la práctica, la primera herramienta autonómica para perseguir eficazmente las viviendas vacías, que hasta la aprobación del decreto ley no existían jurídicamente como tales".

La Junta ha indicado que el decreto ley, en el desarrollo de esta labor inspectora, "no tiene una función recaudatoria, sino que pretende emerger en alquiler las viviendas vacías; y además, persigue una modificación del comportamiento del mercado, con un abaratamiento de los precios, tanto del alquiler como de la venta, que ajuste los precios a la caída de la renta familiar disponible".

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