El acusado del triple asesinato en Palomares alega "miedo" y "amenazas" por parte de las víctimas

J.A.Z.G., el hombre acusado de asesinar en julio de 2011 a tres miembros de un clan de etnia gitana en la barriada de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería), ha declarado este lunes ante el tribunal con jurado que sufría una situación de "miedo" y "amenazas" anteriores por parte de las víctimas así como por parte de familiares de las mismas, con las que previamente había mantenido conflictos.

J.A.Z.G., el hombre acusado de asesinar en julio de 2011 a tres miembros de un clan de etnia gitana en la barriada de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería), ha declarado este lunes ante el tribunal con jurado que sufría una situación de "miedo" y "amenazas" anteriores por parte de las víctimas así como por parte de familiares de las mismas, con las que previamente había mantenido conflictos.

La sesión se ha celebrado a puerta cerrada a petición de la defensa, de manera que el Ministerio Público ha expresado su conformidad mientras que la acusación particular se ha opuesto, si bien finalmente el jurado popular ha aceptado la petición, centrada en la "sensibilidad" hacia los familiares de las víctimas por los hechos que se enjuician así como por las tensiones vividas durante el periodo de instrucción.

Así, según ha indicado a Europa Press el abogado de la acusación particular, José Luis Alabarce, el acusado ha contestado en la primera sesión a las preguntas de la Fiscalía, de forma que ha referido continuamente una situación de "miedo" a la hora de explicar los hechos por los que disparó con una escopeta contra un matrimonio y el hijo del mismo, a los que causó la muerte.

En esta línea, la defensa ha solicitado la libre absolución de su patrocinado o, de forma subsidiaria, un delito de homicidio con la atenuante de miedo insuperable, entre otras, por el pediría una pena total de siete años y seis meses de prisión frente a los 48 años que pide la Fiscalía y de la acusación particular por tres delitos de asesinato y un delito de tenencia ilícita de armas.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería acoge este juicio que continúa este martes con el interrogatorio de la acusación particular y la defensa. El fiscal pide para el acusado, asimismo, el pago de indemnizaciones que ascienden a 600.000 euros a los familiares de las víctimas.

El escrito de calificación, al que ha tenido acceso Europa Press, recoge que J.A.Z.G., con la "firme intención" de causar la "muerte cierta" a los miembros del clan que se hallasen en el domicilio familiar, se hizo "de forma premeditada y estudiada" una carabina en "perfecto funcionamiento" y con 29 cartuchos de reserva, que dejó en su vehículo "para hacer uso de los mismos en el caso de que fuese necesario para el objetivo criminal que se había propuesto".

Los hechos

Según el fiscal, el 26 de julio de 2011 el procesado salió con su turismo para "ejecutar el plan" y se topó en las inmediaciones del domicilio familiar de sus víctimas con C.S.S. y su padre, quienes "fueron a su encuentro, desarmados, con la única intención de hablar con el acusado acerca de los problemas que mantenían con este, llamándole para que parase el coche".

Así, "tras una breve conversación" en el transcurso de la cual "forcejearon los tres", J.A.Z.G., de forma "súbita e inopinada" y "sin salir del interior de su furgoneta", sacó el arma que escondía para disparar en una ocasión contra el padre y en dos contra el hijo. El Ministerio Público resalta que lo hizo "a escasos centímetros, pese a conocer que iban desarmados y sin darles opción alguna de defenderse". C.S.S. falleció de dos impactos de bala en el pecho y en el abdomen que le destruyeron centros vitales al igual que su padre.

Según el relato del fiscal, a continuación, el procesado "ya fuera del vehículo", apuntó y "sin dudar en ningún momento de su proceder", disparó contra F.S.F., madre y esposa de los fallecidos, quien acudió corriendo en auxilio de sus familiares. La mujer sufrió hasta dos impactos de bala "a media distancia" que le causaron la muerte inmediata.

El escrito subraya que J.A.Z.G. se marchó del lugar "sin atender a sus víctimas, siéndole indiferente el estado de estas y sin tomar ningún tipo de medida de protección hacia estas, que yacían heridas en el suelo".

El procesado se dirigió de "forma inmediata" tras el crimen al cuartel de la Guardia Civil en Cuevas del Almanzora, donde se entregó voluntariamente, dio el arma homicida y "colaboró para aclarar lo sucedido", por lo que considera que procede aplicar la atenuante de confesión en los delitos de asesinato y de tenencia ilícita.

El fiscal remarca que, según los informes periciales forenses, gozaba "plenamente" de sus capacidades volitivas y cognitivas y, además, carecía de licencia de armas, ya que la carabina era de su madre, quien "desconocía las intenciones de su hijo".

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