Condenan a tres años de prisión a tres hombres por un delito contra los derechos de temporeras

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a tres hombres --J.A.V.P., F.A.V.P. y F.V.Z.,-- a tres años y un día de prisión para cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores por imposición coactiva de condiciones laborales con violencia e intimidación, pero los absuelve de 25 delitos contra la integridad moral, de los cuatro delitos de acoso sexual, de las dos faltas de amenazas y de maltrato a 24 trabajadoras extranjeras y a un trabajador, de distintas nacionalidades, contratados para trabajar en una finca propiedad de uno de los acusados.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva ha condenado a tres hombres —J.A.V.P., F.A.V.P. y F.V.Z.,— a tres años y un día de prisión para cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores por imposición coactiva de condiciones laborales con violencia e intimidación, pero los absuelve de 25 delitos contra la integridad moral, de los cuatro delitos de acoso sexual, de las dos faltas de amenazas y de maltrato a 24 trabajadoras extranjeras y a un trabajador, de distintas nacionalidades, contratados para trabajar en una finca propiedad de uno de los acusados.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez ha decidido imponer además de las penas de prisión, el pago de 2.190 euros para cada uno.

El juez considera probado que, puestos de común acuerdo, en los primeros meses de 2009 cometieron estos hechos contra 24 trabajadoras y un trabajador. El trato de los condenados con estas personas era "permanente ofensivo y despectivos" utilizando continuamente expresiones insultantes, sometiéndolas en la jornada laboral a una vigilancia estrecha hasta el punto de obligar a las trabajadoras a hacer las necesidades en el mismo campo e impidiéndoles que se relacionaran con las trabajadores de otras fincas o que abandonaran la misma si no iban acompañadas, haciendo uso de la fuerza física en alguna ocasión y solicitando favores sociales para garantizar la continuidad del trabajo de las empleadas.

La juez indica también que a una de las empleadas, uno de los condenados le propuso en octubre de 2008 que "si quería trabajar, se tenía que acostar con él", mientras le prometía comprarle ropa para su hijo menor, negándose la trabajadora a estas pretensiones. A otras trabajadoras amenazaban e insultaban para obligarlas a trabajar más tiempo. A su vez, según señala en la sentencia, otro de los condenados le propuso mantener relaciones sexuales a cambio de ponerle un piso en Rabat y ayudarle económicamente para ayudar a su hijo, bajo la amenaza de no controlarla de nuevo.

También considera probado que en 2009, después de efectuar uno de los condenados dos disparos con una escopeta, encañonó con "ánimo jocoso" a otra trabajadora, mientras que el trabajador fue golpeado en una pierna y empujado hasta su vivienda, hecho que puso en conocimiento de la Guardia Civil.

Tras lo ocurrido, las trabajadoras se encerraron en sus viviendas "atemorizadas" durante dos días ante la posible reacción de los dueños de la finca hasta que hicieron acto de presencia dos agentes de la Guardia Civil, que observaron una situación "muy caótica" y fueron recibidos por dichas trabajadoras "nerviosas y temerosas y rogándole a los agentes que no las dejaran solas". En presencia de la Benemérita, J.A.V.P., se dirigió al trabajador diciéndole que "abandonara la finca o acabaría con su vida".

Cabe recordar que durante la primera sesión del juicio, que se celebró el pasado mes de marzo, los acusados negaron los hechos y los letrados de los condenados solicitaron la suspensión del juicio ante la falta de testigos, que no fueron localizados, sin embargo el Ministerio Fiscal y la juez se negaron a ello, tras dos suspensiones en octubre de 2011 y abril de 2012, dando por válidas estas declaraciones.

La Fiscalía, por estos hechos, solicitó 30 años de prisión para cada uno por estos delitos, así como el pago de 1.140 euros por las faltas de maltrato de obra y de amenazas, sin embargo, finalmente la juez ha rebajado la pena hasta los tres años por un delito contra los derechos de los trabajadores por imposición coactiva de condiciones laborales con violencia e intimidación, absolviéndolos de los demás.

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