El TSJA avala en sentencia firme la celebración del Festival de Rock del Zaidín

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia firme en la que respalda la celebración del Festival de Rock del Zaidín, en Granada, desestimando el recurso que interpuso un grupo de afectados constituido en asociación al decreto del Ayuntamiento que concedió licencia para el ciclo de conciertos en septiembre de 2005.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una sentencia firme en la que respalda la celebración del Festival de Rock del Zaidín, en Granada, desestimando el recurso que interpuso un grupo de afectados constituido en asociación al decreto del Ayuntamiento que concedió licencia para el ciclo de conciertos en septiembre de 2005.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados confirman así la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Granada, que también rechazó el recurso interpuesto por la Asociación de Afectados por las Fiestas del Zaidín, Festival de Rock y otras Actividades Molestas, a la que condena al pago de las costas del proceso.

Los apelantes pidieron la revocación del fallo, y sostuvieron que la licencia fue otorgada por al Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Granada el mismo día del comienzo del evento, por lo que se podría haber incurrido en una vulneración de la ley, en tanto que no se podría subsanar la solicitud si incluyera alguna irregularidad. Sin embargo, el Alto Tribunal andaluz recuerda que si los requisitos no hubieran satisfecho a la administración, ésta podría !revocar la licencia" e impedir que se iniciase el evento que no había comenzado, señala en la resolución, que avanza este jueves el diario 'Ideal'.

En lo que respecta a la emisión de ruidos, que los recurrentes argumentan como razón principal para solicitar la nulidad del acto administrativo impugnado, los magistrados indican que existió un estudio acústico escueto que garantizaba el cumplimiento de la normativa y aluden al decreto 326/2003 que establece que "cuando se organicen actos en la vía pública con proyección de carácter oficial, cultural, religioso, o de naturaleza análoga, el Ayuntamiento podrá adoptar las medidas necesarias" para garantizar los niveles acústicos permitidos.

Por otra parte, la Sala niega que en este caso pueda hacerse "una condena de futuro" que declare ilegal la celebración de conciertos en el Zaidín porque la revisión de actuaciones administrativas se debe llevar a cabo "con ocasión de los concretos actos de concesión de licencias" que eventualmente se dicten en un futuro.

Por todo, el TSJA desestima la apelación de la asociación contra el decreto del Ayuntamiento de 8 de septiembre de 2005, por el que se concedió licencia para celebrar del 8 al 10 de septiembre el Festival de Rock del Zaidín, que ese año contó con la presencia de Miguel Ríos, Lagartija Nick o José Ignacio Lapido, entre otros.

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