Santa Bárbara Sistemas amplía la opción de prejubilaciones voluntarias a un mayor número de empleados

La dirección de Santa Bárbara Sistemas ha decido ampliar la posibilidad de que un mayor número de trabajadores puedan acogerse a las prejubilaciones voluntarias contempladas en el expediente de regulación de empleo (ERE) y atenuar así las consecuencias negativas del despido colectivo.

La dirección de Santa Bárbara Sistemas ha decido ampliar la posibilidad de que un mayor número de trabajadores puedan acogerse a las prejubilaciones voluntarias contempladas en el expediente de regulación de empleo (ERE) y atenuar así las consecuencias negativas del despido colectivo.

Fuentes de la dirección han indicado que la empresa ha decidido que puedan optar también a las prejubilaciones voluntarias aquellos trabajadores que cumplan los 56 años antes del 31 de diciembre de 2013, en vez del 30 de abril, como se había establecido previamente en las condiciones presentadas el pasado 22 de marzo.

A este efecto, ha remitido un escrito a la Autoridad Laboral y notificado al comité intercentros una enmienda al procedimiento de despido colectivo con el fin de abrir nuevamente el periodo de adscripción voluntaria al despido colectivo desde este martes y hasta el 6 de mayo para que exclusivamente aquellos empleados que cumplan los 56 años hasta el 31 de diciembre puedan, si así lo desean, optar por el sistema de prejubilación.

Aquellos empleados que se hayan adscrito ya a la baja voluntaria incentivada pero pudieran optar ahora a la prejubilación con esta nueva ampliación de la edad, podrán solicitarlo.

Una vez recibidas las solicitudes, la empresa comunicará lo antes posible, y en todo, caso antes del día 9 de mayo, si acepta o no dichas peticiones.

De esta forma, la empresa comunicará el 9 de mayo a la Autoridad Laboral y al comité intercentros el listado definitivo de trabajadores afectados por el despido colectivo, tras lo cual iniciará la notificación de los despidos de forma individual.

La modificación de este límite temporal, que atiende a las solicitudes realizadas por los representantes de los trabajadores y por los propios empleados, se enmarca en "la voluntad de la empresa de mitigar los efectos del despido colectivo, con el fin de aumentar al máximo el número de salidas voluntarias y disminuir los despidos forzosos".

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