Confirman la absolución de una agente de policía denunciada por una manifestante de la Primavera Valenciana

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la absolución de una agente de la Policía Nacional denunciada por una manifestante que aseguró haber sufrido intimidación, acoso y golpes en las piernas en el transcurso de una manifestación en Valencia el 20 de febrero de 2012, en el marco de la conocida como Primavera Valenciana.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la absolución de una agente de la Policía Nacional denunciada por una manifestante que aseguró haber sufrido intimidación, acoso y golpes en las piernas en el transcurso de una manifestación en Valencia el 20 de febrero de 2012, en el marco de la conocida como Primavera Valenciana.

La sentencia del juzgado de Instrucción número 10 de Valencia absolvió a la agente de la falta de malos tratos y precisaba en el relato de hechos probados que en el marco de la intervención policial realizada ese día la denunciante fue retenida cuando intentaba invadir la acera en una céntrica calle de Valencia, quien la trató de llevar hacia la acera siguiendo el protocolo policial de intervención establecido cuya finalidad era evitar la ocupación de la vía pública y restablecer la normal circulación del tráfico.

Además, indicaba que la denunciante no fue filiada ni detenida y que el 23 de abril de 2012 ésta formuló denuncia en la que manifestaba haber sufrido intimidación, acoso y golpes en las piernas por agentes del Cuerpo Nacional de Policía pero sin realizar identificación alguna.

Ante esta decisión judicial, la denunciante interpuso un recurso ante la Audiencia Provincial en el que insistía en la responsabilidad de la agente como autora de una falta de maltrato y pedía una multa de 900 euros, además de una indemnización de 269,82 euros por lesiones más 1.000 euros en concepto de daños morales.

En su recurso, la denunciante alegaba que se había vulnerado la tutela judicial efectiva y que se habían valorado "aspectos accesorios y no aquellos que cobran relevancia".

No obstante, la Audiencia recuerda en la sentencia que el fallo de primera instancia está justificado y, además, incide en el testimonio "dudoso, inconcreto y carente de respaldo probatorio objetivo alguno" de la denunciante y que sus testigos "reconocieron no haber visto a la denunciada golpear a la denunciante en ningún momento o, al menos, recordarlo. Por todo ello, confirma la sentencia absolutoria, declarando de oficio las costas procesales.

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