Absuelven a dos acusados de estafar a varias personas 1,1 millones concedidos en créditos

La Audiencia de Málaga ha absuelto a un hombre y una mujer que fueron acusados de la supuesta estafa a varias personas por un importe total de 1,1 millones de euros a través de créditos que los perjudicados pidieron para participar en un negocio que no se realizó. La Sala estima que no hay prueba suficiente contra los dos procesados, que en el juicio responsabilizaron de todo a otro hombre acusado, pero que no fue juzgado al estar en paradero desconocido.

La Audiencia de Málaga ha absuelto a un hombre y una mujer que fueron acusados de la supuesta estafa a varias personas por un importe total de 1,1 millones de euros a través de créditos que los perjudicados pidieron para participar en un negocio que no se realizó. La Sala estima que no hay prueba suficiente contra los dos procesados, que en el juicio responsabilizaron de todo a otro hombre acusado, pero que no fue juzgado al estar en paradero desconocido.

La Fiscalía y la acusación particular, en representación de los 17 perjudicados, solicitaron cinco años de prisión para cada uno de los acusados, un representante del grupo societario dirigido por el principal imputado, que está declarado en rebeldía y que, además, tenía una falsa identidad; y una secretaria y entonces pareja sentimental de éste, acusando a ambos de un delito continuado de estafa.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, declara probado que entre julio y diciembre de 2005, varios empleados de dos restaurantes y otras personas, la mayoría ciudadanos del este de Europa, que trabajaban en negocios regentados por el acusado que no ha sido juzgado; recibieron el ofrecimiento de incorporarse a un grupo de empresas, para lo cual convocó reuniones y les requirió una aportación económica para formar parte de una sociedad.

Como los perjudicados carecían de la cantidad de dinero solicitada, unos 16.000 euros, ese imputado les gestionó la obtención de un préstamo personal que se ingresaba en las cuentas del grupo que él administraba y les explicaba que posteriormente las cuotas serían abonadas por las propias empresas que se iban a crear, pero una vez se ingresaba el dinero "se transfería a la cuenta de otra sociedad" de este acusado que no ha sido juzgado.

Finalmente, no se llegó a formalizar la compra efectiva de participaciones de la sociedad por parte de los prestamistas ni tampoco las franquicias o los negocios llegaron a operar ni se abonaron las cuentas de los préstamos personales, señala la resolución, aunque no se considera suficientemente acreditado que los dos acusados que han sido juzgados se apropiaran de las cantidades ni que supieran que no se iban a destinar al fin proyectado.

El Tribunal recuerda que en el juicio los perjudicados declararon como testigos que el imputado que no ha sido juzgado era "la persona que les ofreció formar parte de la sociedad, con la que contactaron y celebraron diversas reuniones para explicarles el proyecto y también la que les acompañaba a la entidad bancaria donde suscribían los préstamos", cuyo director también dijo que todas las gestiones las realizaba aquél.

La Sección Primera declara probado en su resolución, que se puede recurrir, que la mujer ejercía labores administrativas y tenía un vínculo sentimental con el principal acusado y que el hombre trabajó en la sociedad con poderes de gestión; pero, por contra, estima que "no es suficiente para considerarlos autores del delito de estafa", añadiendo que "tampoco hay prueba de su participación como cooperadores necesarios o cómplices".

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