Aplazado hasta nueva fecha el juicio contra tres empresarios acusados de defraudar a Hacienda

El juicio contra tres empresarios acusados de defraudar a la Hacienda Pública, previsto para este martes en Avilés, ha sido aplazado hasta nueva fecha, según ha informado la Fiscalía Superior del Principado. Se solicitaban 17 años y tres meses de prisión y el pago de más de tres millones y medio de euros, entre multas e indemnizaciones, para estas tres personas, a las que se les atribuyen fraudes por más de 900.000 euros.

El juicio contra tres empresarios acusados de defraudar a la Hacienda Pública, previsto para este martes en Avilés, ha sido aplazado hasta nueva fecha, según ha informado la Fiscalía Superior del Principado. Se solicitaban 17 años y tres meses de prisión y el pago de más de tres millones y medio de euros, entre multas e indemnizaciones, para estas tres personas, a las que se les atribuyen fraudes por más de 900.000 euros.

La entidad fue constituida el 16 de octubre de 2002 por escritura pública otorgada ante notario con domicilio fiscal en Madrid, si bien su centro de intereses y negocios radicó en Asturias, en concreto en Avilés. Su objeto social era, entre otros, "la tenencia, disfrute y administración de cualesquiera bienes inmuebles", así como "la planificación, gestión y realización de todo tipo de edificaciones".

El 31 de enero de 2006, se nombró como administrador único de la entidad por escritura pública al acusado J.I.G.S., aunque el auténtico administrador de hecho de la sociedad era el también acusado C.J.P.S. Ambos presentaron ante la Agencia Tributaria en el año 2006 una declaración de IVA con un resultado de 1.804,73 euros, en el año 2007 una declaración del IVA con un resultado de 1.590,30 euros y, en el año 2006, el Impuesto de Sociedades, donde declararon un resultado negativo del ejercicio anterior de 7.608,60 euros.

La Fiscalía sostiene que, en realidad, debían haber presentado en 2006, en la declaración de IVA, una base imponible de IVA repercutido de 2.492.498,94; una cuota devengada de 379.700,48; una base imponible de IVA soportado de 678.732,56 y una cuota soportada de 102.824,18, lo que da como resultado del ejercicio 276.876,30 euros, y por lo tanto, una cuota dejada de ingresar de 275.029,62 euros.

En el año 2007, en la declaración de IVA, debía aparecer una base imponible de IVA repercutido de 3.434.366,05 y una cuota devengada de 519.640,10; una base de IVA soportado de 969.092,14 y una cuota soportada de 148.753,20, lo que da un resultado de 370.886,90 euros y, por lo tanto, una cuota dejada de ingresar de 369.296,60 euros. En el año 2006, en el impuesto de sociedades, la cuota dejada de ingresar fue de 257.516,62 euros.

Para justificar los datos que aparecían en las declaraciones, los acusados se valieron del también acusado J.R.A,R., quien, en su condición de administrador único de varias empresas, todas ellas carentes de infraestructura empresarial y por lo tanto de actividad, incluyó las operaciones ficticias en las declaraciones del modelo 347 de las compañías administradas por él, compras/gastos, emitiendo las correspondientes facturas, que permitieron que la entidad pudiera deducírselas como gasto en el Impuesto de Sociedades y la cuota correspondiente en el IVA.

El acusado J.I.G.S. presenta un síndrome frontal, deterioro físico moderado y enolismo crónico, que afecta parcialmente a sus facultades volitivas e intelectivas.

La Fiscalía considera que los acusados C.J.P.S. y J.I.G.S. son autores de tres delitos contra la Hacienda Pública del artículo 305.1 del Código Penal, y el acusado J.R.A.R. es cooperador necesario en los tres delitos. Concurre en este último acusado la eximente incompleta de alteración psíquica.

El Ministerio Público solicita que se imponga al acusado C.J.P.S. por el primer delito, tres años de prisión, multa de 275.029,62 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada 2.000 no pagados y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante el periodo de cuatro años.

Por el segundo delito, tres años de prisión, multa de 369.296,60 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros no satisfechos y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un plazo de cuatro años. Y por el tercer delito, tres años de prisión, multa de 257.516,62 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros impagados y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un periodo de cuatro años. En total, piden para él nueve años de cárcel y multa de 901.842,84 euros, así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante 12 AÑOS.

Para el acusado J.R.A.R. pide, por el primer delito, dos años de prisión, multa de 275.029,62 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada 1.000 euros no pagados y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante el periodo de cuatro años. Por el segundo delito, dos años de prisión, multa de 369.296,60 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros no satisfechos y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un plazo de cuatro años. Y por el tercer delito, dos años de prisión, multa de 257.516,62 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros impagados y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un periodo de cuatro años. En total, seis años de prisión, multa de 901.842,84 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante 12 años.

Finalmente, para el acusado J.I.G.S. piden, por el primer delito, nueve meses de prisión, multa de 275.029,62 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada 2.000 euros no pagados y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante el periodo de cuatro años; por el segundo delito, nueve meses de prisión, multa de 369.296,60 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros no satisfechos y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un plazo de cuatro años; y por el tercer delito, nueve meses de prisión, multa de 257.516,62 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación por cada 2.000 euros no satisfechos siendo y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante un periodo de cuatro años. En total, solicitan una pena de 27 meses de prisión, multa de 901.842,84 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas durante 12 años.

La Fiscalía solicita además que se condene a los acusados a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la Agencia Tributaria con 901.842,84 euros, más los intereses legales, siendo responsable civil subsidiaria la entidad.

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