Andalucía, entre las 14 comunidades que incumplen plazo para reconocer el derecho a la prestación por Dependencia

Andalucía es una las 14 comunidades autónomas que ha incumplido el plazo máximo de seis meses establecido en la normativa de Dependencia para el reconocimiento del derecho a la prestación, con 301 días, frente a la media nacional de 262 días (casi nueve meses), según se desprende del informe de fiscalización de la gestión económico-financiera y de la aplicación de la Ley de 2006 de la Dependencia, al que ha tenido acceso Europa Press.

Andalucía es una las 14 comunidades autónomas que ha incumplido el plazo máximo de seis meses establecido en la normativa de Dependencia para el reconocimiento del derecho a la prestación, con 301 días, frente a la media nacional de 262 días (casi nueve meses), según se desprende del informe de fiscalización de la gestión económico-financiera y de la aplicación de la Ley de 2006 de la Dependencia, al que ha tenido acceso Europa Press.

La fiscalización también ha detectado que el Estado ha transferido "en exceso" fondos a las comunidades autónomas en concepto de ayudas a la dependencia, una cuantía que llegó a superar los 185 millones de euros pero de la que ya se han recuperado algo más de 140,3 millones de euros, de los cuales 24,2 millones de los recuperados corresponden a Andalucía.

Así, la entidad fiscalizadora ha observado diversas incidencias en relación con el abono de la liquidación del nivel mínimo de protección a las diferentes comunidades autónomas, por ejemplo con beneficiarios fallecidos que estaban dados de alta en el Sistema informático para gestionar los datos relativos al Sistema de Autonomía y Atención a la dependencia (Sisaad), así como expedientes duplicados, DNI incorrectos o duplicados, o beneficiarios recogidos en el Sisaad pero no recogidos en las bases de datos de las comunidades autónomas.

De hecho, en el Sisaad figuraban "indebidamente" como beneficiarias del sistema de dependencia 12.055 personas que estaban muertas, "provocando la financiación indebida", por parte del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), de un importe estimado por este Tribunal en, al menos, 29,4 millones de euros, a fecha de 30 de abril de 2011.

Eso sí, al detectar la existencia de numerosas personas muertas beneficiarias de las prestaciones durante el ejercicio de fiscalización, la institución avisó al Imserso y a las comunidades autónomas, y ya se han logrado recuperar de 140,3 millones de euros, de 41.205 personas que figuraban como fallecidas, quedando pendientes los 29,4 millones antes citados.

Según la institución, que aprobó su informe el pasado 21 de marzo, el director general del Imserso manifestó en sus alegaciones que un total de 2.809 expedientes ya se encuentran dados de baja en la aplicación informática del Sisaad y que, con respecto al resto, se está analizando la información remitida por este Tribunal y, en el supuesto de que se detecten personas realmente ya fallecidas, se procederá a reintegrar las cantidades que, en su caso, se hubieran abonado de forma incorrecta en concepto de nivel mínimo de protección.

Abonos indebidos a las ccaa

Por otro lado, el Tribunal de Cuentas resalta que el Instituto de Mayores abonó "indebidamente" un importe, cuantificado en 5,2 millones de euros, como consecuencia de la existencia de un total de 1.363 expedientes que se encontraban duplicados en la mencionada aplicación informática, generando, en consecuencia, un doble abono a las comunidades autónomas.

Igualmente, ha verificado que el Imserso liquidó "indebidamente" un importe cuantificado en 1,9 millones de euros como consecuencia de, al menos 2.642 expedientes que tenían reconocido únicamente el servicio de teleasistencia y, dado que este servicio tiene un carácter complementario, no debería haber generado dicha liquidación.

Es más, ha averiguado que este Instituto de Mayores minoró "indebidamente" a las comunidades autónomas un importe de 9,8 millones de euros, como consecuencia de un total de 6.631 expedientes que presentaban un importe acumulado negativo en este concepto, provocando un déficit de financiación en dichas comunidades por el mencionado importe.

El Tribunal de Cuentas ha detectado a su vez que el Imserso abonó "de forma indebida" un total de 20 millones de euros como consecuencia de 3.115 expedientes cuyo importe total liquidado, desde el 23 de abril de 2007 hasta la nómina correspondiente al mes de abril de 2011, era "superior" al máximo establecido legalmente para cada beneficiario en 'Grado III, nivel II' (12.604 euros).

A 31 de diciembre de 2010, el Imserso tampoco tenía reconocido en sus estados contables un importe total de 65,9 millones de euros, derivados del aplazamiento y periodificación del abono del nivel mínimo de protección garantizado a las comunidades autónomas, como consecuencia de la modificación introducida en el decreto ley de 2010, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público en relación con el aplazamiento y periodificación del abono de las prestaciones económicas recogidas en la Ley de Dependencia de 2006.

Beneficiarios sin prestación

De acuerdo con la información del Sisaad, la entidad fiscalizadora apunta que, a 31 de diciembre de 2010, existían un total de 231.055 personas con derecho a recibir estas prestaciones que, sin embargo, no recibían nada, lo que equivale al 25,68 por ciento del total de personas con derecho a estas prestaciones.

En el caso de Andalucía, había 49.322 personas que, con derecho a recibir prestaciones, no lo hacían, el 21,16 por ciento del total. En este sentido, el informe destaca que es especialmente significativo el caso de Canarias, donde ese porcentaje ascendía a un 58,46 por ciento, Valencia con un 43,12 por ciento y Galicia con un 39,49 por ciento.

Igualmente, el informe ve "importantes deficiencias" en el procedimiento establecido para el reconocimiento del derecho a la situación de dependencia, así como en el cálculo de prestaciones derivadas de la misma, en función del territorio de residencia del solicitante.

Según cita, en algunas comunidades autónomas el patrimonio del solicitante no se tiene en consideración a efectos del cálculo de la citada capacidad económica y, en otras, no se tiene en consideración la totalidad de las rentas percibidas por los solicitantes.

RECOMENDACIONES

Con ello, recomienda al Imserso, como responsable del Sisaad, analizar la información de las distintas aplicaciones informáticas, con el fin de homogeneizar el contenido y evitar la posible financiación indebida derivada del pago del nivel mínimo de protección.

En su caso, pide también modificar el procedimiento de justificación y posterior libramiento de financiación del nivel mínimo de protección, exigiendo a los órganos competentes de las comunidades una certificación en la que se acredite que la información del Sisaad se corresponde fielmente con los beneficiarios de las prestaciones derivadas de la situación de dependencia.

Al mismo tiempo, cree que el Imserso debe proceder, con carácter inmediato, al procedimiento de reintegro de seis millones de euros derivados de la diferencia existente entre los créditos totales asignados con cargo al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y las obligaciones reconocidas con cargo al mismo, con respecto a aquellas comunidades que no justificaron la aplicación finalista de estos recursos.

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