El juez suspende la declaración de la infanta hasta que el recurso del fiscal se resuelva

La infanta Cristina, por las calles de Barcelona, en una imagen de archivo.
La infanta Cristina, por las calles de Barcelona, en una imagen de archivo.
GTRES
La infanta Cristina, por las calles de Barcelona, en una imagen de archivo.

El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha decidido finalmente suspender la declaración de la infanta Cristina, prevista para el próximo 27 de abril, hasta que el recurso que ha presentado el fiscal anticorrupción, Pedro Horrach, contra el auto de imputación se resuelva.

El escrito del fiscal decía que para "no frustrar el objeto del presente recurso" pedía al juez "que proceda a la adopción de la medida de suspensión de la diligencia de prueba acordado en el auto que se recurre hasta tanto no se resuelva por la Audiencia Provincial". Y el juez ha atendido a su petición.

A su llegada, tras ser preguntado por numerosos medios de comunicación, Horrach ha recalcado que no ha recibido "ninguna presión" desde Madrid para presentar el citado recurso. Preguntado sobre si es normal este tipo de distanciamiento con el juez, ha aclarado que no se trata de un distanciamiento, sino tan solo de una "discrepancia jurídica". Además, Horrach ha subrayado que este tipo de recursos entra "dentro de la normalidad".

La intención de la Fiscalía de presentar recurso se anunció el miércoles, pocas horas después de hacerse público que el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma hubiera resuelto imputar a la infanta en el caso Nóos como cooperadora necesaria en los delitos que pudo cometer su marido, Iñaki Urdangarín.

El texto del recurso, que se presenta directamente en apelación ante la Audiencia Provincial, incidirá en que los indicios señalados por el juez Castro contra Cristina "carecen de la entidad suficiente" para apoyar su citación en calidad de imputada en la causa.

Argumentos del fiscal

El fiscal asegura en su recurso que los indicios esgrimidos por el juez son "meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas" o "meras sospechas personales". Basa su recurso en la observancia del principio de igualdad y en el hecho de que "la imputación de una persona de hechos que a priori no presentan rasgos delictivos supone cuando menos un trato discriminatorio".

"El análisis de los indicios supuestamente incriminatorios que recoge el auto impugnado (...) no merecen tal consideración jurídica sino que constituyen  meras circunstancias inocuas, inconsistentes y equívocas, en algunos casos, o meras sospechas personales, en otros", por lo que de ellas "no puede inferirse indiciariamente participación en conductas reprochables penalmente", ha afirmado el fiscal.

El fiscal anticorrupción Pedro Horrach afirma que no existe "absolutamente ningún" nuevo indicio para imputar a la infanta Cristina desde que, en febrero de 2012, el juez del caso Nóos, José Castro, rechazó citarla en esta condición, y además reprocha al magistrado deformar "la verdad material".

"Surge una obligada pregunta: ¿Qué hecho, dato, circunstancia, documento, testifical o cualquier otro elemento incriminatorio ha sobrevenido que altere sustancialmente las consideraciones penales de la argumentación que acaba de exponerse? Absolutamente ninguno", afirma el fiscal en el recurso.

El fiscal rebate los catorce argumentos del juez para imputar a la hija del rey y recuerda al juez que "el procedimiento judicial persigue la búsqueda de la verdad material, no de ajustarla a expectativas o sospechas personales, deformándola".

"De toda la intensa actividad investigadora desarrollada, únicamente ha podido extraerse el hecho incuestionable de que Doña Cristina de Borbón y Grecia figuraba como vocal del Instituto Nóos, de que su nombre aparecía reflejado en el folleto publicitario del mismo y de que ostentaba participaciones sociales de la entidad mercantil Aizoon S.L.", indica Horrach.

Semanas o meses

La decisión de la Audiencia de Palma sobre el recurso no será inmediata, porque los trámites llevan varios días, a lo que se añade la carga de trabajo del organismo judicial, según el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

Según ese procedimiento, una vez la Fiscalía ha presentado el recurso de apelación, el titular del juzgado de Instrucción número 3 deberá dar traslado a las partes personadas en la causa para que puedan presentar alegaciones al mismo, antes de remitirlo a la Audiencia.

Transcurrido el plazo que fije el juez para esas alegaciones —que suele ser de 3, 5 ó 10 días—, daría traslado a la Audiencia de Palma y será la Sección Segunda la encargada de resolver el recurso. Teniendo en cuenta la carga de trabajo de la sala y los recursos que tiene pendiente, esta decisión se puede demorar semanas o meses.

De hecho, la misma Audiencia Provincial tardó en 2012 cuatro meses en resolver el recurso que Manos Limpias interpuso contra un auto del juez en el que rechazó entonces imputar a la infanta.

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