4,6 años de prisión por amenazar a su ex pareja con una catana y herirla al darle un empujón

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la pena de 4,6 años de prisión impuesta en primera instancia a un individuo que amenazó con una catana a su ex pareja, quien resultó herida tras recibir un empujón y caer sobre el marco de una puerta.

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la pena de 4,6 años de prisión impuesta en primera instancia a un individuo que amenazó con una catana a su ex pareja, quien resultó herida tras recibir un empujón y caer sobre el marco de una puerta.

La sentencia desestima así el recurso de apelación interpuesto por el acusado, David S.G. contra la condena impuesta por el juzgado de lo Penal número 5 de Santander que le condenó por delitos de violencia de género y también de hurto ya que tras conseguir la víctima huir, se apoderó de 600 euros de la mujer que más tarde devolvió.

El acusado recurrió la sentencia al considerar que el delito de amenazas, uno de los tres por los que fue condenado, debía ser absorbido por el de lesiones, lo que el tribunal no admite al señalar que el empujón y las amenazas fueron hechos distanciados en el tiempo.

Tampoco admite el alegato de que las lesiones fueron el resultado de una imprudencia al considerar el tribunal que sí existió intención de lesionar, e igual suerte corre la alegación sobre el delito de hurto, respecto al que el procesado alegó que no actuó de mala fe, sino basándose en una relación de confianza, tesis que, según la Audiencia, no es sostenible "seriamente".

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