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Concreciones al contrato en prácticas

En esta modalidad contractual, la retribución será la fijada por Convenio Colectivo, sin que pueda ser inferior al 60 % ó 75 % durante el primer o segundo año que esté vigente el contrato, del salario que esté fijado en Convenio para un trabajador que realice el mismo o equivalente puesto de trabajo.
Tener en cuenta que el salario, bajo ningún concepto podrá estar por debajo del Salario Mínimo interprofesional. Si fueren trabajadores contratados a tiempo parcial el salario será reducido en función de la jornada que se haya pactado.
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