Jueces de Santander podrán determinar de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de las hipotecas

Puede suponer la paralización cautelar de los desahucios

Los jueces de Primera Instancia y de lo Mercantil de Santander podrán determinar de oficio la existencia de cláusulas abusivas en los contratos de las hipotecas, lo que podría llevar a paralizar cautelarmente procesos de desahucios, y sólo aceptarán intereses de demora que no superen en más de tres veces el interés fijado en el contrato.

Así lo han decidido la Junta de Jueces de Primera Instancia y de lo Mercantil de Santander, que ha fijado un "criterio unificado" sobre esta cuestión después de que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha calificado de abusiva la normativa europea sobre desahucios.

En una resolución hecha pública este viernes, se incluye la "oportunidad" de que el juez aprecie en todo tipo de procedimientos el carácter abusivo de una cláusula y pueda anularla.

Según lo acordado, el juez podrá apreciar lo abusivo de la cláusula de un contrato "en cualquier momento de la tramitación del procedimiento" siempre que tenga "los suficientes elementos de hecho y de derecho para formar su convicción", lo haga tras escuchar a las partes y no cuente con la oposición del consumidor.

La resolución señala que si la demanda o petición inicial por parte del consumidor aún no se ha admitido, se procurará que el control de oficio se haga antes de su admisión.

Si, por el contrario, ya se ha admitido, el control se realizará "en cuanto sea posible" con suspensión del trámite hasta la decisión del juez y antes siempre de su terminación.

Se ha establecido que, antes de dictar la resolución judicial decisoria, se concederá a las partes un plazo de diez días para que alegue y presenten documentación que apoye su posición.

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