El Fondo Social de Viviendas cuenta con 62 pisos en Euskadi, el 1,2% del total del Estado

El Fondo Social de Viviendas (FSV), puesto en marcha por el Gobierno central para facilitar el alquiler a familias en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desahuciadas, cuenta con 62 viviendas en Euskadi, lo que supone el 1,2 por ciento del total del parque registrado en el conjunto del Estado, según los últimos datos del Ministerio de Economía.

El Fondo Social de Viviendas (FSV), puesto en marcha por el Gobierno central para facilitar el alquiler a familias en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desahuciadas, cuenta con 62 viviendas en Euskadi, lo que supone el 1,2 por ciento del total del parque registrado en el conjunto del Estado, según los últimos datos del Ministerio de Economía.

Por territorios históricos, Bizkaia es la que tiene más viviendas disponibles (25), seguida de Gipuzkoa, con 23 y Álava, con 14. Por entidades, Kutxabank participa en este fondo con 51 casas, y el resto se reparten entre el BBVA, Caja Laboral, Banco Santander y Barclays Bank.

De acuerdo a los mismos datos, en el conjunto del Estado, a fecha de 5 de marzo, se contabilizaban 5.047 viviendas en el Fondo Social. Su alquiler tendrá una duración de dos años y las rentas oscilarán entre 150 euros y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30 por ciento de los ingresos netos totales de la unidad familiar.

La puesta en marcha de este fondo social de viviendas da cumplimiento a la encomienda al Gobierno incluida en el Real Decreto-ley 27/2012 sobre medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.

Las viviendas serán ofrecidas a las familias que hayan sido desalojadas de su vivienda por el impago de un préstamo hipotecario de la misma entidad propietaria del fondo.

En concreto, se van a poder beneficiar de esta medida las personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual y cumplan, entre otras condiciones, que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por la misma entidad que constituye el fondo social de viviendas, que el desalojo se haya producido a partir del 1 de enero de 2008 y que se encuentren en un supuesto de especial vulnerabilidad.

Además, en el momento de presentación de la solicitud, el conjunto de los ingresos mensuales de los miembros de su unidad familiar no debe superar el límite de tres veces el IPREM (1.597 euros), así como que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad.

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