Absuelto un joven acusado de abusar de una menor al faltar pruebas y no ser creíble su testimonio

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un joven de 23 años, identificado como I.M.M., de un supuesto delito continuado de abusos sexuales, así como de otro de maltrato habitual, uno de violencia de género y tres de robo --uno con violencia y dos con intimidación--, todos ellos cometidos a una menor, por falta de pruebas y al no resultar creíble el testimonio de la supuesta víctima.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un joven de 23 años, identificado como I.M.M., de un supuesto delito continuado de abusos sexuales, así como de otro de maltrato habitual, uno de violencia de género y tres de robo —uno con violencia y dos con intimidación—, todos ellos cometidos a una menor, por falta de pruebas y al no resultar creíble el testimonio de la supuesta víctima.

Según relata la sentencia, emitida por la Sección Cuarta de la Audiencia sevillana, fechada el pasado 8 de enero y consultada por Europa Press, en este caso "la única prueba relevante aportada por la acusación consiste en el propio testimonio de la víctima", y éste "no reúne" los requisitos establecidos "tanto por el Tribunal Constitucional como la Sala Segunda del Tribunal Supremo" para otorgarle validez.

En concreto, la víctima había denunciado a I.M.M., con quien reconocía haber mantenido "una relación de noviazgo sin convivencia" entre los meses de noviembre de 2009 y febrero de 2010, cuando ésta tenía 15 años, por una supuesta agresión sexual cometida cuando ésta "se sentía atontada" por "la influencia de algún tipo de sustancias", por lo que el Juzgado de Instrucción número cinco de Dos Hermanas llegó a prohibir al acusado que se acercase "a menos de 300 metros" de la menor.

Además, ésta atribuía a quien había sido su novio unos supuestos malos tratos —en concreto, "patadas, bocados y un golpe en la nariz"— por "no entregarle el dinero que le pedía", y tres robos, uno de ellos con violencia y dos con intimidación.

Así, el primero de éstos se habría cometido en presencia de un primo del acusado, y habría venido acompañado de unos golpes que le habrían obligado a ingresar de urgencias en el hospital; el segundo, en su propia casa cuando se encontraban en su interior sus padres, y el tercero, en la calle donde vivía.

El testimonio "tiene que ser verosímil"

Tras referir cada uno de esos episodios, los magistrados de la Sección Cuarta que han enjuiciado este caso recuerdan que para dar por bueno el testimonio de una víctima, éste "tiene que ser verosímil", no puede existir "razón alguna que puede explicar la formulación de la denuncia que no sea la realidad lógica de los hechos denunciados", de forma que la actuación de la víctima no debe obedecer a "móviles espurios que denoten odio, resentimiento, enemistad o venganza".

Partiendo de esas consideraciones, llegan a la conclusión de que el testimonio de la víctima "no reúne tales requisitos", ya que durante los meses en los que mantuvo esta "simple relación de noviazgo tan accidentada" no denunció "hechos tan graves" como relató posteriormente.

Además, la sentencia recoge, en relación a la supuesta agresión sexual, que "no se ha probado la existencia de ningún tipo de sustancia que mermase la capacidad volitiva" de la menor, "salvo los efectos propios de atontamiento y relajamiento que produce el consumir porros en una persona que por su juventud parece ser que no estuviera muy habituada".

De igual modo, los jueces descartan el supuesto delito de maltrato habitual en el ámbito familiar y el de violencia de género porque "no se han probado", y la joven sólo denunció esos hechos "siete meses después" de haber concluido su relación de noviazgo con el acusado, que, además, niega esas imputaciones.

Por último, la Audiencia no cree que se produjeran los tres robos denunciados por la menor, entre otras razones porque, en el caso del primero de ellos, la joven denunció una agresión que le llevó a ser hospitalizada cuando "los informes médicos refieren que realmente ingresó por una crisis de ansiedad tras discusión familiar".

En el segundo caso, la menor justificó su decisión de darle el dinero que su novio le había pedido —50 euros— por "miedo a que le hiciera algo", a pesar de que en ese momento ella se encontraba en su casa, con "sus padres durmiendo" en su interior, quienes, además, "manifestaron durante su declaración no oír esa noche absolutamente nada".

"Estando protegida en su interior la menor y llevando más de siete meses sin tener relación con el acusado, no se comprende que se sintiera intimidada hasta el punto de cogerle dinero a su abuela para dárselo a su exnovio", añade el juez que firma el fallo, que también niega credibilidad al tercero de los robos denunciados.

Por todo ello, y dado que la denunciante "no ha aportado durante el juicio oral prueba suficiente de cargo que menoscabe la presunción de inocencia de la que goza el acusado" a pesar de que, en este caso, a ella le "correspondía probar la certeza de los hechos que imputa", la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha resuelto absolver a I.M.M. de todos los delitos que le imputaba el Ministerio Fiscal, que "no han resultado probados", y deja "sin efecto" la medida cautelar de alejamiento impuesta por el Juzgado de Instrucción número cinco de Dos Hermanas.

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