Estrasburgo paraliza un desahucio en la Cañada hasta que la familia tenga otra casa

Edificios levantados ilegalmente en la Cañada Real (zona de Valdemingómez).
Edificios levantados ilegalmente en la Cañada Real (zona de Valdemingómez).
Elena Buenavista
Edificios levantados ilegalmente en la Cañada Real (zona de Valdemingómez).

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha paralizado el derribo de una vivienda situada en el sector 4 de la Cañada Real de Madrid (zona de Vicálvaro), hasta que la familia disponga de un alojamiento adecuado.

En una resolución fechada el pasado 31 de enero, el Tribunal de Estrasburgo acuerda en este proceso imponer unas medidas cautelares, entre las que destaca instar tanto al Gobierno español como al Ayuntamiento de Madrid a abstenerse de derribar la vivienda de la familia Raji hasta que no tengan un alojamiento alternativo. Este no podrá ser una vivienda provisional o de emergencia.

Ahora, el tribunal decidirá si paraliza de forma definitiva el derribo, cuya orden de demolición es efectiva desde 2010. La decisión podría afectar a centenares de familias afectadas por los desalojos forzosos en este asentamiento chabolista, el mayor al sur de Europa y al que las administraciones implicadas tratan de aplicar un plan de reconversión.

Solicitó una vivienda protegida

El proceso fue llevado a Estrasburgo de la mano del Centro de Asesoría y Estudios Jurídicos (CAES) a instancias de Mohamed Raji.

Este padre de familia venía solicitando sin éxito una vivienda de protección social desde 2006. En 2010, se fue a la Cañada a vivir con su esposa e hija, desconociendo entonces que ya pesaba una orden de demolición —firmada por un juzgado de Madrid— de la casa en la que entró a vivir.

Raji, a través de CAES, acudió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sin lograr que se paralizara el derribo. Ante la demolición inminente, decidió ir a la jurisdicción internacional ante el desamparo de la Justicia española por vulneración de los derechos de su familia. Ahora, Europa le ha dado la razón.

Segundo "toque de atención" a España

Este miércoles, en rueda de prensa, el abogado Javier Rubio explicó que, aunque en el artículo 47 de la Constitución se reconoce el derecho a una vivienda, éste "no es invocable ante los tribunales españoles". Por ello, considera la paralización dictada por Estrasburgo como un "toque de atención" sobre las autoridades españolas.

"Se ha conseguido por primera vez que no se produzca un derribo sin haber un alojamiento alternativo adecuado. Tiene mucha importancia para el derecho a la vivienda en España —insistió el letrado—. Crea un precedente y abre una línea argumental que tendrán que tener en cuenta las autoridades, ya que de lo contrario podrían cometer violaciones de derechos humanos".

Tanto la decisión del Ayuntamiento de Madrid de suspender los derribos en la Cañada como la decisión del Tribunal de Estrasburgo ratifican "el papel de la movilización social contra las arbitrariedades de la administración en el terreno de la vivienda", a juicio de Marta Mendiola, representante de Amnistía Internacional.

El de Mohamed Raji no es el único caso relativo al derecho a la vivienda sobre el que se ha pronunciado el Tribunal de Derechos Humanos. El  organismo ya ordenó el pasado 13 de diciembre la paralización del desalojo de Ana, una mujer que vive con sus hijos —menores de edad— en un piso 'okupado' del Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima).

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