El Síndic de Greuges sugiere a Educación que cubra las bajas de profesores ante el "impacto" que genera a los alumnos

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha sugerido a la Conselleria de Educación que adopte cuantas medidas sean necesarias para garantizar, en los casos de bajas o ausencias continuadas y habituales del profesorado en centros educativos, "el derecho a una educación de calidad de los alumnos, minimizando el impacto negativo que en ellos pudieran tener estas situaciones, como consecuencia del cambio continuo de docente y de los periodos sin docencia que dicha realidad genera".
Alumnos, Estudiantes, Examen, Selectividad, PAU, Universidad De Sevilla
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EUROPA PRESS
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El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, ha sugerido a la Conselleria de Educación que adopte cuantas medidas sean necesarias para garantizar, en los casos de bajas o ausencias continuadas y habituales del profesorado en centros educativos, "el derecho a una educación de calidad de los alumnos, minimizando el impacto negativo que en ellos pudieran tener estas situaciones, como consecuencia del cambio continuo de docente y de los periodos sin docencia que dicha realidad genera".

Cholbi ha realizado esta sugerencia, consultada por Europa Press, tras una queja de oficio que abrió el pasado mes de octubre, para investigar los problemas que genera el sistema actual utilizado por la Conselleria de Educación para cubrir las bajas docentes en los Institutos de Educación Secundaria (IES) de la provincia de Alicante. Según el Síndic, "más de 5.000 alumnos pierden un mes de clases en IES de la provincia al no cubrir la administración las bajas del profesorado".

La actuación de defensor del pueblo valenciano ha estado motivada por las quejas presentadas por padres de alumnos afectados, así como por noticias en las que se "denuncian numerosas incidencias" en Alicante a la hora de reemplazar las bajas y las jubilaciones en los centros de secundaria, lo que, según ha apuntado el Síndic, provoca "en muchos casos" que los alumnos pasen "días enteros sin profesor, con la consecuente pérdida de horas lectivas".

Por su parte, la entonces Conselleria de Educación, Formación y Empleo argumentó que el decreto ley 14/2012 de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo dispone que en los centros docentes públicos el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento.

Asimismo, Educación señaló que desde el inicio de curso, y hasta el 15 de octubre, ha realizado un total de 2.914 adjudicaciones en toda la Comunitat, de las que 1.700 corresponden a interinos para realizar sustituciones de titulares en situación de incapacidad temporal. Además, aseguró que se han adjudicado 1.214 vacantes a interinos como consecuencia de fallecimientos, jubilaciones, matriculaciones sobrevenidas, desdobles y otras circunstancias.

Por ello, destacó el "esfuerzo" que realiza la Conselleria en materia de sustituciones y puntualizó que se realizan adjudicaciones con carácter semanal para cubrir sustituciones con un presupuesto para el ejercicio 2012 de 60 millones de euros para tal fin.

El Síndic de Greuges señala en su sugerencia que "resulta innegable la extrema importancia que para la consecución de la misma adquiere la cobertura de las bajas o ausencias del profesorado" y, en este sentido, subraya que la ausencia de "uno de los polos" de la relación educativa "determina la interrupción inmediata del correcto proceso educativo".

"vacío educativo"

Así, entiende que el problema que plantean las bajas o ausencias continuadas del profesorado esta "estrechamente vinculado" con el "problema de la calidad de la educación". Al respecto, añade que "la consecución de una educación de calidad requiere, ante todo, que la vacante generada por un profesor que causa una situación de baja sea cubierta inmediatamente, de manera que no exista un periodo de tiempo de 'vacío educativo' o que, en caso de existir, presente la menor duración posible".

José Cholbi también hace hincapié en el "agravio comparativo" que sufren en su formación los alumnos que no reciben todas las horas lectivas asignadas a una materia, respecto al resto de estudiantes.

El defensor del pueblo indica que son las administraciones quienes deben adoptar las medidas organizativas que estimen oportunas para "paliar las deficiencias detectadas en el sistema de cobertura de las bajas docentes". Además, dice ser consciente de la actual situación de la hacienda autonómica y acata el decreto ley de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.

"requisitos mínimos"

Sin embargo, subraya que la ley 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, establece que "todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad", entre los que destaca "titulación académica del profesorado, relación numérica alumno profesor, instalaciones docentes y deportivas y número de puestos escolares".

Del mismo modo, añade que la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo apunta que "los poderes públicos dotarán al conjunto del sistema educativo de los recursos económicos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley, con el fin de garantizar la consecución de los objetivos previstos".

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