El borrador de Renta Básica en Extremadura fija en 372,76 euros la cuantía mensual para el beneficiario

El borrador de Renta Básica en Extremadura elaborado por el Gobierno regional fija en 372,76 euros la cuantía mensual a percibir por cada beneficiario de la medida, lo que equivale al 70 por ciento del IPREM vigente en la actualidad.

El borrador de Renta Básica en Extremadura elaborado por el Gobierno regional fija en 372,76 euros la cuantía mensual a percibir por cada beneficiario de la medida, lo que equivale al 70 por ciento del IPREM vigente en la actualidad.

Dicha cantidad podrá incrementarse en un 10 por ciento por cada miembro de la unidad familiar o de convivencia distinto del titular, sin que el importe máximo de la prestación para cada unidad familiar o de convivencia pueda superar el 120 por ciento del IPREM.

En este sentido, la ayuda en su techo máximo podría alcanzar los 639,01 euros, para unidades familiares de como mínimo seis miembros.

Así se establece en el borrador de Renta Básica publicado este viernes, día 1, en el Diario Oficial de Extremadura, con motivo de la apertura del trámite de audiencia e información pública del texto.

De este modo, cualquier persona interesada podrá examinar el borrador y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas, durante un plazo de siete días hábiles contados a partir de este sábado, día 2.

La "brevedad" de dicho plazo está motivada en "la urgente necesidad de poner a disposición de los ciudadanos la prestación económica que dicha norma contempla, ante la situación de crisis económica actual", según la resolución publicada este viernes en el DOE por la Consejería de Salud y Política Social, y que recoge Europa Press.

Periodo de percepción

Por su parte, la Renta Básica Extremeña tendrá una duración de seis meses, renovable, por una sola vez, por igual periodo, y se mantendrá mientras persista la concurrencia y condiciones exigidos para su obtención y se cumplan con las obligaciones y compromisos de un proyecto integrado de inserción.

Asimismo, previo informe de un equipo técnico, el órgano competente para la concesión de la ayuda pondrá acordar la ampliación de esta prestación por un nuevo periodo de hasta 6 meses, cuando concurran causas excepcionales o situaciones de exclusión social consolidadas. En este caso, la cuantía mensual de la prestación no excederá del 80 por ciento del importe que corresponda a la unidad familiar o de convivencia.

En el borrador, de igual modo, so concibe la Renta Básica Extremeña como ayuda social destinada a cubrir las necesidades de subsistencia de quienes carezcan de los medios económicos para ello, estableciéndose como "derecho subjetivo", según la terminología acuñada en las leyes más recientes en materia de servicio sociales.

También, la ley regula la percepción de la ayuda junto con la realización de medidas de inserción individualizadas para todos los beneficiarios, que se materializan en un proyecto integrado de inserción, configurado como un programa a través del cual se pretende poner en práctica "la política integrada y multisectorial de prevención y lucha contra la exclusión social, coordinando la actuación de las diversas administraciones públicas".

Estas medidas serán así, según el texto, un "compromiso" de participación "activa" en la superación de su situación y además evitarán que la prestación se convierta en una medida "desmotivadora" de esta superación o de la integración que se pretende.

Finalmente, entre otros aspectos, se contempla que la percepción de la Renta Básica Extremeña se supeditará a la búsqueda activa de empleo; así como que la financiación de la medida se consignará "anualmente" en los Presupuestos Generales de Extremadura "a través de las partidas presupuestarias necesarias suficientes para atenderla económicamente".

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