Condenan al Sergas a pagar 52.000 euros a una familia luguesa por la muerte de un paciente por el retraso de una prueba

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas a indemnizar con 52.000 euros a una familia de Burela (Lugo) por la muerte de un paciente como consecuencia del retraso de una prueba diagnóstica.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Sergas a indemnizar con 52.000 euros a una familia de Burela (Lugo) por la muerte de un paciente como consecuencia del retraso de una prueba diagnóstica.

Así lo explica la Asociación el Defensor del Paciente, que señala que el Sergas ha sido condenado por "el retraso manifiesto, patente e injustificado de una prueba diagnóstica", en concreto una arteriografía. Según indica, "ese ostensible retraso de una prueba que nunca llegó a practicarse, influyó decisivamente en el resultado final de la muerte del paciente".

El abogado de la familia y de la Asociación el Defensor del Paciente, Cipriano Castreje, resalta que, según la sentencia del Juzgado Contencioso Número 1 de Santiago, que el TSXG confirma, "se hubiera evitado la muerte si se hubiese actuado con la diligencia y rapidez debidas, no siendo exigible a los perjudicados la prueba objetiva y en exclusiva de que, de haberse actuado correctamente y con más premura, ese resultado se hubiera evitado".

"La sentencia es contundente cuando señala que a la vista de que, en esas circunstancias de irregularidad y descoordinación en la prestación del servicio, la carga de la misma (de que la muerte se hubiera evitado) necesariamente habría de pasar a la administración demandada (el Sergas), bajo cuya responsabilidad estaba el cuidado y atención integral del enfermo", señala el abogado.

La Sala del TSXG acoge así los argumentos de los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente, que indica que "los hechos se remontan al 7 y 12 de diciembre del año 2006, cuando el paciente, de 50 años, es diagnosticado en un hospital privado de la ciudad de Lugo mediante Resonancia Magnética de la existencia de un aneurisma sacular de 7 milímetros de diámetro en la arteria comunicante anterior".

El paciente, según recuerda, había ingresado por el Servicio de Urgencias del Hospital da Costa, en Burela, "días antes con cefaleas muy fuertes", y solicitó en la sanidad pública cita para Neurología el día 13 de diciembre de 2006 en el Hospital da Costa.

La cita le fue concedida para el día 26 de diciembre de 2006, pero se la aplazaron para el 16 de enero de 2007. El neurólogo que le vio ese día en el hospital del Sergas confirmó el diagnóstico y, ante la posible gravedad del mismo, instó el 23 de enero de 2007 petición de prueba complementaria "con carácter preferente", consistente en parte de consulta y hospitalización para una arteriografia cerebral.

APROBADA

"No es hasta el día 31 de enero de 2007 cuando dicha petición es aprobada por la Inspección Sanitaria de Lugo y remitida al Servicio de Neuroradiología del Chuac, que era el hospital donde debía practicarse la misma", indica el letrado.

El 17 de febrero de 2007 el paciente falleció en su domicilio, sin que se haya practicado la prueba solicitada. Según la sentencia, la cita con el especialista en Neurología prevista para el 26 de diciembre "fue retrasada 21 días sin justificación alguna, hasta el día 16 de enero". "Cuando la Inspección Médica aprueba la petición del neurólogo, ya habían pasado 37 días desde la cita fallida y 50 días desde el diagnóstico de aneurisma sacular", precisa el abogado.

El paciente falleció 67 días después de haber sido diagnosticado del aneurisma sacular "estando pendiente de una prueba que debió practicarse no más tarde de 30 días desde el diagnóstico previo, e incluso, según el perito neurólogo de la familia, debió pautarse como urgente", resalta la asociación.

"Los peritos neurólogos señalaron que los ingresos previos en urgencias que realizó el paciente eran probablemente por una cefalea centinela y que el paciente falleció como consecuencia de una hemorragia subaracnoidea secundaria a un aneurisma de la arteria comunicante, que la clínica del paciente era sugestiva de sangrado previo y que la práctica de la arteriografía a tiempo hubiese permitido el diagnóstico y tratamiento correcto del aneurisma", explica el abogado.

El 21 de junio de 2007, cuatro meses más tarde del fallecimiento del paciente, la viuda acudió Hospital da Costa a preguntar por la cita para Neurorradiología en el Chuac de su esposo, según indica la Asociación el Defensor del Paciente, y la funcionaria que la atendió le dijo textualmente: "Llamo a Juan Canalejo y me dicen que le llamarán, que no hay cita a día de hoy".

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