Condenan al exjefe de la Policía Local de Manises a cárcel por mentir en un juicio de un compañero

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre, ex intendente-jefe de la Policía Local de Manises, a 10 meses de prisión y de inhabilitación por mentir en un juicio de un compañero, a quien cambió de servicio en base a unas afirmaciones que no eran ciertas, y que reprodujo en la vista.

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre, ex intendente-jefe de la Policía Local de Manises, a 10 meses de prisión y de inhabilitación por mentir en un juicio de un compañero, a quien cambió de servicio en base a unas afirmaciones que no eran ciertas, y que reprodujo en la vista.

Según consta como probado en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el acusado desempeñaba en el año 2008 y anualidades anteriores el cargo de intendente-jefe de la Policía Local.

Durante este mandato, mantuvo "tensas" relaciones de naturaleza sindical con un compañero, agente de la Policía y delegado sindical en el Ayuntamiento de Manises del Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos de la Comunitat Valenciana desde el año 2006 en que fue elegido.

Las relaciones entre ambos se agriaron tras las reuniones para determinar las condiciones laborales de 2007. El agente desempeñaba en aquella época sus funciones en un grupo de patrullas de la Policía en un sistema de trabajo conocido como 7x7 días, configurado en siete días de servicio, con turnos de mañana, tarde y noche, y siete de descanso.

En junio de 2008, se le notificó a este agente un acuerdo de la Jefatura de la Policía Local, suscrito por el acusado, en el que se disponía que pasaba a desempeñar los servicios de policía de barrio, ya que el grupo de patrullas al que estaba adscrito era el más numeroso de todos, compuesto por siete personas.

Ante esta decisión, el agente presentó una demanda en los juzgados en defensa de sus derechos fundamentales, e interesó que se declarase la nulidad del acto y se le reintegrara a su puesto que ocupaba con anterioridad.

El grupo "más numeroso"

En este procedimiento compareció el acusado como testigo y, a preguntas de la letrada del agente y de la juez, manifestó que en el momento de su toma de decisión, el grupo del agente era el más numeroso, mientras que la realidad era que de los siete integrantes del grupo, uno de ellos estaba en comisión de servicios y otros dos de baja. Y esto lo sabía el acusado.

Por esta actuación, la Audiencia le condena como autor de un delito de falso testimonio. El tribunal indica que el acusado faltó "sustancialmente" a la verdad negando algo que sabía y sosteniendo, "con clara intención de provocar una sentencia defectuosa", lo contrario a la realidad que "claramente" conocía dado su cargo.

"Faltó el acusado de una manera radical, descaradamente como se observa en la grabación del juicio en lo contencioso, y sustancial a la verdad, con un claro ánimo de perjudicar al demandante, por más que este ánimo sea irrelevante para la comisión del delito", asevera el tribunal.

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