El Gobierno aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante riesgo volcánico, que hace hincapié en Canarias

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico, cuyo objetivo es establecer la organización y los procedimientos de actuación que permitan asegurar una respuesta eficaz ante una emergencia volcánica.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico, cuyo objetivo es establecer la organización y los procedimientos de actuación que permitan asegurar una respuesta eficaz ante una emergencia volcánica.

Así se cumple la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, de 21 de enero de 1985, y de su Norma Básica. El plan se aplicará en caso de emergencia por riesgo volcánico cuando esté presente el interés nacional (competencia estatal), así como en otros casos prestar apoyo a la comunidad autónoma afectada.

Será de aplicación en todo el territorio español y, en particular, en las Islas Canarias, zona de mayor riesgo volcánico, donde este Plan Estatal será complementario del Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Volcánico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El Plan Estatal se activará a partir de la declaración del ministro del Interior de la situación de emergencia y su objetivo será movilizar, rápida y eficazmente, los medios y recursos en auxilio de las personas, recursos medioambientales y bienes dañados por una emergencia volcánica.

Además, se distinguen las medidas a adoptar en función de tres fases: fase de intensificación del seguimiento e información, fase de emergencia y fase de normalización.

El Acuerdo prevé la creación de un marco organizativo compuesto por dos órganos administrativos: el Consejo de Dirección del Plan Estatal, que se configura como órgano superior de apoyo al ministro del Interior en la gestión de emergencias que hayan sido declaradas de interés nacional, y el Comité Estatal de Coordinación, que tiene funciones de coordinación de las actuaciones y valoración de la evolución e interpretación de datos.

Asimismo, se constituye un Comité Asesor del Sistema de Seguimiento e Información sobre Fenómenos Volcánicos, con la naturaleza jurídica de comisión de trabajo.

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