La Generalitat impugna la moción de censura de Benidoleig por adoptarse con un quórum inferior al exigible

El pleno del Consell, a propuesta del departamento de Presidencia, ha autorizado a la Abogacía de la Generalitat a impugnar el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Benidoleig (Alicante) por el que el pasado 2 de enero se aprobó una moción de censura que arrebató la alcaldía al Bloc-Compromís, con el voto de cinco exediles del PSPV.

El pleno del Consell, a propuesta del departamento de Presidencia, ha autorizado a la Abogacía de la Generalitat a impugnar el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Benidoleig (Alicante) por el que el pasado 2 de enero se aprobó una moción de censura que arrebató la alcaldía al Bloc-Compromís, con el voto de cinco exediles del PSPV.

La Generalitat estima que el acuerdo plenario que hizo efectiva esta moción de censura es nulo de pleno derecho, porque se adoptó con un quórum de votación inferior al exigible legalmente al no tenerse en cuenta la expulsión de dos concejales del PSPV que la firmaban, según ha informado en rueda de prensa el vicepresidente y conseller de Presidencia, José Císcar.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) establece en el artículo 197.1 que, en el caso de que alguno de los proponentes de la moción haya dejado de pertenecer, por cualquier causa, al grupo político municipal al que se adscribió al inicio de su mandato, la mayoría absoluta exigida debe verse incrementada en el mismo número de concejales que se encuentren en tales circunstancias.

Además, el artículo 134.4 de la Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana (LRLCV) determina que pasarán a tener la condición de concejales no adscritos aquellos miembros de la corporación que hayan abandonado o hayan sido expulsados de la formación política que presentó la candidatura por la que concurrieron a las elecciones.

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