El TSJIB da la razón al Govern frente a una empresa de Trui que reclamaba 2,1 millones de indemnización por Fitur

Feria Service calificaba de arbitraria la decisión de otorgar un contrato de la Conselleria de Turismo a la empresa Global Stand

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha fallado en favor de la adjudicación, por parte de la Conselleria de Turismo del Govern, del montaje de los pabellones en la feria de Fitur, la de Turismo de Berlín (ITB) y la World Travel Market (WTM) de 2010 a la empresa Global Stand, después de que una mercantil vinculada al Grup Trui, Feria Service, recurriese esta decisión al considerla arbitraria y reclamase una indemnización de 2,1 millones de euros por los beneficios que no pudo obtener por este contrato.

La sentencia dictada por la máxima instancia judicial de las islas, a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma de esta forma la resolución del Ejecutivo balear, fechada el 20 de noviembre de 2009, por la que de forma definitiva se adjudicaba el alquiler, montaje y mantenimiento de los pabellones que, con la máxima puntuación, acabaron en manos de la catalana Global Stand, por delante de MSB y Feria Service.

Sin embargo, con su impugnación, la mercantil de Trui reclamaba que se revocase este acuerdo para que el contrato fuera adjudicado a la recurrente o, de no ser así, fuese indemnizada con 2,1 millones de euros al considerar incorrecta la valoración de las propuestas, "infravalorando" la de Feria Service y "sobrevalorando la oferta de la adjudicataria".

En su recurso, la mercantil denunciaba además que la Administración hubiera realizado "un uso abusivo de la discrecionalidad técnica, incurriendo en arbitrariedad", lo que, a su juicio, se ponía de manifiesto "en la deficiente -y en ocasiones errónea- motivación de las concretas puntuaciones otorgadas".

No obstante, frente a las alegaciones de Feria Service, el Govern se oponía a las mismas recriminando que el recurso se interpusiera frente a un acuerdo de la Mesa de Contratación que otorgaba definitivamente el contrato, al tiempo que aseveraba que la adjudicación estaba "sobradamente motivada" en los dos informes técnicos que tomó en consideración la Mesa de Contratación, uno de ellos de una entidad externa y otro de la arquitecta de la Conselleria.

En su resolución, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJIB recalca que si existe alguna discrepancia con los criterios de adjudicación o con los de valoración del pliego de cláusulas, lo que debía haber hecho Feria Service es "impugnar el anuncio de licitación por falta de motivación de tales criterios", al no considerar válido "discrepar de las bases de la licitación" habiendo participado ya en el concurso y "a la vista del resultado desfavorable de la adjudicación".

Es más, el tribunal asevera que, aún en el supuesto de que la valoración de la oferta de Global Stand fuese incorrecta, la recurrente "no fue la segunda en puntuación", sino que por delante de la misma se hallaba la empresa MSB.

El tsjib niega una falta de motivación en las valoraciones

Al hilo de lo anterior, la sentencia niega que, con independencia de la discrepante puntuación otorgada, se haya producido una falta de motivación en la misma y justifica el hecho de que la Mesa de Contratación efectuase su propuesta a tenor de los dos informes de adjudicación que coincidían en conceder a Global Stands la máxima puntuación.

Asimismo, el TSJIB asevera que si la empresa recurrente pone en duda que la competidora "pueda suministrar lo que ofrece, primero debe acreditarlo y después demostrar que la Administración debía saber que [la mercantil adjudicataria] no podía suministrar aquello que ofrecía, ya que en caso contrario no puede imputarse arbitrariedad alguna en la valoración de las ofertas".

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