'Resulta indignante que algunos quieran presentar una sentencia de primera instancia, recurrida y pendiente de resolución, como la prueba de que el P2P es legal en España', dijo en un comunicado Antonio Guisasola, presidente de Promusicae, en referencia a una sentencia del juzgado de lo Penal número 3 de Santander del pasado julio difundida esta semana.
En dicho documento, el juez absolvió al acusado al considerar que no pretendía obtener beneficios económicos y que su actividad es compatible con obtener copias para uso privado.
La sentencia, a la que tuvo acceso Reuters el jueves, considera probado que un ciudadano de 48 años nacido en Santander sin antecedentes penales, 'a través de sistemas de descargas de archivos de Internet obtenía copias exactas de álbumes musicales (...) y mediante su intervención en chats ofrecía o cambiaba a otros usuarios de Internet, en todo caso sin mediar precio'.
El ministerio fiscal le consideraba autor de un delito continuado contra la propiedad intelectual y pedía dos años de prisión y una multa de 16 meses a 15 euros diarios, así como que indemnizase a la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (AFYVE) - llamada ahora Promusicae - y a la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (aDeSe).
Sin embargo, Promusicae aclara que este individuo cambiaba música mediante mensajeros y correo postal y no tiene nada que ver con las redes de intercambio de archivos, conocidas como P2P, que según recuerda Guisasola, 'son ilegales tanto en España como en toda Europa'.


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