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Una juez dice en una sentencia que las descargas de música con p2p son legales si no tienen ánimo de lucro

El p2p recibe un espaldarazo
Los programas de descarga de archivos 'peer to peer' son muy populares entre los internautas (20MINUTOS.ES)
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  • La juez recalca que sin ánimo de lucro no puede haber sanción penal.
  • Recurre a "comportamientos socialmente aceptados" para exculpar al internauta.
  • LaFiscalía pedía 2 años de cárcel y varias asociaciones miles de euros en indemnizaciones.

El internauta para el que se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet ha sido absuelto tras la sentencia de una juez que considera que la práctica no es delito si no existe ánimo de lucro y está amparada por el derecho de copia privada.

La sentencia ya ha suscitado numerosos comentarios en foros de internet, entre ellos el de la Asociación de Internautas.

Considerar delito las descargas criminalizaría comportamientos socialmente admitidos

Según el texto exculpatorio, considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado".

El internauta, de 48 años, fue procesado por 'bajarse' de internet álbumes musicales "a través de distintos sistemas de descarga de archivos", por obtener copias digitales de los discos que poseía y por ofrecerse a intercambiar su colección con otros internautas en 'chats' y correos electrónicos.

Los hechos probados de la sentencia dejan claro que el acusado "ofrecía o cambiaba" su música "a otros usuarios de internet en todo caso sin mediar precio", detalle en el que se basa la absolución.

La fiscalía pedía 2 años de cárcel

Por estas prácticas, se habían personado en su contra el como acusaciones el Ministerio Fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve) y la Asociación Española de distribuidores y editores de software de entretenimiento (Adese).

La juez recuerda que para una condena hace falta ánimo de lucro

El Ministerio Público solicitó dos años de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual y 7.200 euros de multa.

Además, exigía el pago de una indemnización de 18.361 euros a Afyve y de otra a Adese y a Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos.

La juez Paz Aldecoa responde a fiscal y las acusaciones particulares que para que exista el delito contra la propiedad intelectual es necesario que medie ánimo de lucro, una intención que no observa en el acusado.

Frases de la sentencia

  • "Ni mediaba precio ni aparecían otras contraprestaciones que la propia de compartir entre diversos usuarios el material del que disponían. Y, a juicio de esta juzgadora, ello entra en conexión con la posibilidad que el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual establece de obtener copias para uso privado sin autorización del autor; sin que se pueda entender concurrente ese ánimo de obtener un beneficio ilícito".
  • Sin ánimo de lucro, los hechos no constituyen "una infracción merecedora de sanción penal".
92 Comentarios
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Dice ser sgaefffff
1
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Dice ser sgaefffff, 01.11.2006 - 15.07h

yuuuupppiiiiiiii

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Dice ser ere
2
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Dice ser ere, 01.11.2006 - 15.08h

Una juez dice en una sentencia que las descargas de música con p2p son legales si no tienen ánimo de lucro
20MINUTOS.ES / EFE. 01.11.2006 - 15:03h Enviar a un amigo Versión para imprimir Aumentar texto Reducir texto Te hubieras enterado antes en Mini20
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Recurre a "comportamientos socialmente aceptados" para exculpar al internauta.
LaFiscalía pedía 2 años de cárcel y varias asociaciones miles de euros en indemnizaciones.
El internauta para el que se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet ha sido absuelto tras la sentencia de una juez que considera que la práctica no es delito si no existe ánimo de lucro y está amparada por el derecho de copia privada.

La sentencia ya ha suscitado numerosos comentarios en foros de internet, entre ellos el de la Asociación de Internautas.

Considerar delito las descargas criminalizaría comportamientos socialmente admitidos
Según el texto exculpatorio, considerar delito las descargas de música sin ánimo de lucro "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado".

El internauta, de 48 años, fue procesado por 'bajarse' de internet álbumes musicales "a través de distintos sistemas de descarga de archivos", por obtener copias digitales de los discos que poseía y por ofrecerse a intercambiar su colección con otros internautas en 'chats' y correos electrónicos.

Los hechos probados de la sentencia dejan claro que el acusado "ofrecía o cambiaba" su música "a otros usuarios de internet en todo caso sin mediar precio", detalle en el que se basa la absolución.


La fiscalía pedía 2 años de cárcel


Por estas prácticas, se habían personado en su contra el como acusaciones el Ministerio Fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve) y la Asociación Española de distribuidores y editores de software de entretenimiento (Adese).


La juez recuerda que para una condena hace falta ánimo de lucroEl Ministerio Público solicitó dos años de cárcel por un delito contra la propiedad intelectual y 7.200 euros de multa.

Además, exigía el pago de una indemnización de 18.361 euros a Afyve y de otra a Adese y a Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos.


La juez Paz Aldecoa responde a fiscal y las acusaciones particulares que para que exista el delito contra la propiedad intelectual es necesario que medie ánimo de lucro, una intención que no observa en el acusado.

Frases de la sentencia


"Ni mediaba precio ni aparecían otras contraprestaciones que la propia de compartir entre diversos usuarios el material del que disponían. Y, a juicio de esta juzgadora, ello entra en conexión con la posibilidad que el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual establece de obtener copias para uso privado sin autorización del autor; sin que se pueda entender concurrente ese ánimo de obtener un beneficio ilícito".
Sin ánimo de lucro, los hechos no constituyen "una infracción merecedora de sanción penal".

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Dice ser Manuel
3
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Dice ser Manuel, 01.11.2006 - 15.09h

Suena razonable... Hace unos años se podía grabar un programa de radio y/o televisión para disfrutarlo luego -las veces que fuera necesario- y nadie penalizaba... Ojala no lo tergiversen otros "medios"...

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Dice ser TOPMANTARRA
4
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Dice ser TOPMANTARRA, 01.11.2006 - 15.09h

TOMA DEL FRASCO CARRASCO

SE OS ACABO LA BUENA VIDA A LOS SGAE. ESO DE QUE UN CD CUESTA 24 € CLAMA AL CIELO,

AHORA A POR EL CANON DE CDs VIRGENES

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Dice ser Transon
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Dice ser Transon, 01.11.2006 - 15.11h

:D

¡¡¡Al fin un precedente!!!

Arte libre ¡¡¡YA!!!

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Dice ser Alguien
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Dice ser Alguien, 01.11.2006 - 15.13h

*señala a la SGAE*
*pone voz de Nelson de los simpson*

JA JA

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Dice ser RICHARD
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Dice ser RICHARD, 01.11.2006 - 15.16h

Pues vamos apañados todos los que nos dedicamos a la música. Entre todos vais a acabar de arruinarnos a la gente que tenemos estudios de sonido,productores, cantantes,discograficas,artistas y miles y miles de familias que viven de esto.

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Dice ser Kuno
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Dice ser Kuno, 01.11.2006 - 15.22h

y encima si te pueden clavar 10€ más por una mierda de DVD que lleva de extra, te lo clavan.

VIVA EL EMULE COÑO!

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Dice ser javi
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Dice ser javi, 01.11.2006 - 15.24h

Los que se dedican a la musica, compran todo lo que que quieren escuchar por el mero hecho de conocerlo?? no verdad, y eso que os dedicais a ello...
El conocimiento deberia ser publico y gratis, y si te gusta un artita mucho, compraselo original.

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Dice ser mariñeiriño/a
10
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Dice ser mariñeiriño/a, 01.11.2006 - 15.30h

Ya lo sabíamos, porque lo dice la Ley, pero está bien que se ratifique con sentencias judiciales firmes.

Ahora sólo falta que el canon se declare inconstitucional y se elimine.

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