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Vigilancia de la salud laboral
Haciendo referencia a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario debe de garantizar la vigilancia de la salud de sus trabajadores de una forma periódica teniendo en cuenta aquellos riesgos a los que el trabajador se encuentra expuesto.
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ECO ®
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Poca actividad social ¿Qué es esto?
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- CARLES G. ROQUETA. 31.10.2006 - 03.01h
Aunque esta vigilancia debe ser aceptada voluntariamente por el trabajador, la Ley tiene previsto que en según qué supuestos al trabajador se le pueda someter a reconocimientos específicos para, entre otros, constatar que la salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo u otros trabajadores, para protegerle de aquellos riesgos específicos cuando se establezca por norma. Es evidente que, para estos reconocimientos, deberán cumplirse unos requisitos, cuales son el respetar el derecho a la intimidad y dignidad de la persona y que lo realice personal sanitario competente.
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