Abrir
Cerrar
Buscar
cargando ACCESIBILIDAD

Vigilancia de la salud laboral

Haciendo referencia a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario debe de garantizar la vigilancia de la salud de sus trabajadores de una forma periódica teniendo en cuenta aquellos riesgos a los que el trabajador se encuentra expuesto.
Aunque esta vigilancia debe ser aceptada voluntariamente por el trabajador, la Ley tiene previsto que en según qué supuestos al trabajador se le pueda someter a reconocimientos específicos para, entre otros, constatar que la salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo u otros trabajadores, para protegerle de aquellos riesgos específicos cuando se establezca por norma. Es evidente que, para estos reconocimientos, deberán cumplirse unos requisitos, cuales son el respetar el derecho a la intimidad y dignidad de la persona y que lo realice personal sanitario competente.
Comentarios

Hemos bloqueado los comentarios y las correcciones de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.

Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios

Escribir comentario o corrección

3000 caracteres pendientes

Introduce el número de la imagen (Código de verificación para prevenir envios automáticos).

Código seguridad

Normas para comentar en 20minutos.es
  • Esta es la opinión de los internautas, no la de 20minutos.es.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
  • Por favor, céntrate en el tema.
  • Normas y protección de datos