Confirman más de cinco años para un varón por maltratar a su mujer con la que tiene un hijo en Martos

La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la condena de cinco años y tres meses de prisión para un varón, L.M.T.A., al que el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital condenó por maltratar habitualmente a su pareja, con la que tiene un hijo menor de edad y con quien ha mantenido una relación de cinco años conviviendo en Martos (Jaén), de forma esporádica. Igualmente, confirma la condena de su pareja a siete meses de prisión por agredirlo en una de las peleas que protagonizaron.

La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la condena de cinco años y tres meses de prisión para un varón, L.M.T.A., al que el Juzgado de lo Penal número 4 de la capital condenó por maltratar habitualmente a su pareja, con la que tiene un hijo menor de edad y con quien ha mantenido una relación de cinco años conviviendo en Martos (Jaén), de forma esporádica. Igualmente, confirma la condena de su pareja a siete meses de prisión por agredirlo en una de las peleas que protagonizaron.

En el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, y que confirma íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal, se recuerda que el acusado insultaba con frecuencia a su pareja y buscaba continuamente tener discusiones para acabar agrediéndola físicamente. En concreto, en junio de 2010, ambos mantuvieron una discusión cuando ella recibió una llamada telefónica de otro hombre que le ofrecía trabajo. Tras ello, el procesado le propinó un puñetazo en la boca.

El mismo día del mes siguiente, el 17 de julio de 2010, el acusado, pensando que su pareja se estaba viendo con otros hombres, le propinó patadas y puñetazos. Del mismo modo, un mes más tarde, se agredieron mutuamente. L.M.T.A. propinó guantazos y puñetazos a su víctima causándole diversos rasguños, mientras que ésta le puso en el hombro al acusado una plancha caliente, le tiró un frasco de colonia a la cabeza y le dio un puñetazo en el ojo.

Así las cosas, L.M.T.A. ha sido condenado por un delito de malos tratos habituales en el ámbito familiar a un año y nueve meses de prisión, por dos delitos de maltrato ocasional a un año y medio de cárcel y por un delito de lesiones a dos años de cárcel. Además, no podrá aproximarse a ella por un periodo de cinco años a una distancia inferior de 200 metros, mientras que tampoco podrá comunicarse por cualquier medio, incluido Internet y mensajes de móvil.

De su lado, su pareja, M.J.P.S., ha sido condenada a siete meses y 16 días de prisión por un delito de malos tratos, del mismo modo que se le ha prohibido aproximarse a una distancia no inferior a 200 metros. Además, el fallo especifica que la procesada abonará una quinta parte de las costas del juicio y que el acusado abonará el resto.

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