Defensor del Pueblo critica dilaciones del Servicio de Inspección de Prestaciones Sanitarias y pide intervención Sanidad

Ciudadana exige al SMS que resuelva expediente de responsabilidad patrimonial cuya tramitación está paralizada por falta informe
Imagen del Defensor del Pueblo de la Región de Murcia
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EUROPA PRESS
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El Defensor del Pueblo, José Pablo Ruiz Abellán, recuerda al Servicio Murciano de Salud (SMS) que está obligado a cumplir las disposiciones relativas al impulso de oficio del procedimiento, así como a resolver de manera expresa el procedimiento de responsabilidad patrimonial instado por la queja de una ciudadana.

Además, aconseja a la Consejería de Sanidad y Política Social que solicitase a la Inspección General la realización de una inspección con la finalidad de vigilar, supervisar y controlar el correcto funcionamiento del Servicio de Inspección de Prestaciones Sanitarias.

Según una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, en mayo de 2011 una ciudadana presenta una queja ante esta Defensoría cuyo objeto es la resolución, por parte del Servicio Murciano de Salud, de un expediente de responsabilidad patrimonial cuya tramitación está paralizada por la falta de emisión del preceptivo informe técnico valorativo por parte del Servicio de Inspección Técnica de la Consejería.

En su escrito de queja, la reclamante relata que ese expediente tiene su origen en el fallecimiento de su marido como consecuencia de lo que considera una presunta mala praxis profesional en la operación de extracción de balón gástrico que se le practicó en el Hospital Morales Meseguer de Murcia.

Según expone la ciudadana, en marzo de 2007, presentó escrito de reclamación patrimonial ante la Consejería de Sanidad por el fallecimiento de su esposo. Transcurridos seis meses, la administración le comunicó que se abría periodo de prueba y que se procedía a solicitar la emisión del informe correspondiente a la inspección médica.

Desde entonces, añade la interesada en su queja, en numerosas ocasiones, se ha interesado por el estado del expediente obteniendo siempre la misma respuesta que "el expediente está pendiente de informe de la inspección médica".

Por lo que concluyó solicitando la intervención del Defensor del Pueblo "para que el expediente administrativo deje de estar paralizado y reanude su trámite para obtener una respuesta de la Administración en un sentido y otro, y, en caso de denegarse su reclamación, poder acudir a los tribunales de justicia".

En junio de 2011, esta Defensoría requirió a la Consejería de Sanidad y Política Social para que informase sobre la queja planteada, en concreto sobre los motivos de la falta de contestación a la reclamación presentada por la interesada.

La falta de respuesta de la Consejería a este requerimiento de información en el plazo legalmente habilitado al efecto, hizo preciso que esta Defensoría realizase sucesivos requerimientos dirigidos a esa administración, conminándola a la remisión del preceptivo informe, y recordándole el deber legal de colaboración de las administraciones públicas en las investigaciones llevadas a cabo por esta Institución.

Finalmente, en noviembre del año pasado se recibe en esta Defensoría informe suscrito por el director gerente del Servicio Murciano de Salud en el que comunica que se dictó resolución de admisión a trámite de la reclamación patrimonial en abril de 2007, que se solicitó copia de la historia clínica del paciente e informe de los facultativos que le asistieron a la Gerencia de Atención Primaria de Murcia, Hospital Universitario Morales Meseguer y Hospital Universitario Virgen de la Arrixaca.

Tras lo que en septiembre de 2007, se contestó a la reclamante sobre las pruebas por ella propuestas, y en febrero de 2008, se remitió el expediente al Jefe de Servicio de Inspección de Prestaciones Sanitarias, órgano dependiente de la Consejería de Sanidad y Consumo, solicitando informe valorativo de la reclamación.

Según explica la Administración regional, en septiembre de 2009, se reunión la Comisión de seguimiento del seguro a efectos de tratar, entre otras, la reclamación de la mujer, y en dicha reunión la Compañía Aseguradora del Servicio Murciano de Salud, aportó Dictamen valorativo de la reclamación que se incorporó al expediente, y se remitió a Inspección Médica para su conocimiento en octubre de 2009.

Mayor control

Ante lo que el Defensor del Pueblo recuerda a la Consejería de Sanidad la adecuación de los medios humanos, técnicos y materiales necesarios para el efectivo cumplimiento de sus obligaciones y efectiva materialización de los derechos de los ciudadanos reconocidos en el ordenamiento jurídico.

Por tanto, señala el Defensor, si la dilación del informe es consecuencia de la falta de recursos humanos en el mencionado servicio, debe ser la propia Consejería de Sanidad la que atienda dichas necesidades, o en caso de existir una negligencia en la actuación de los técnicos competentes, inste el correspondiente expediente informativo.

Todo ello "con la finalidad de no dilatar el procedimiento de manera indefinida en el tiempo por motivos imputables a la Administración", subraya Ruiz Abellán en la resolución, recogida por Europa Press.

Finalmente, y ante las reiteradas quejas referentes a las dilaciones en la emisión de informes por parte del Servicio de Inspección de Prestaciones Asistenciales, considera conveniente que la Consejería dirigida por María Ángeles Palacios solicitase a la Inspección General dependiente de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, en su calidad de órgano de control interno de la Administración regional, la realización de una inspección para "vigilar, supervisar y controlar el correcto funcionamiento del mismo".

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