Educación desmiente que esté aplicando de forma indebida deducciones retributivas por enfermedad

El director general de Recursos Humanos y Calidad Educativa, Joaquín Buendía, ha desmentido que la Consejería "esté aplicando de forma indebida deducciones retributivas a trabajadores en situación de baja médica".

El director general de Recursos Humanos y Calidad Educativa, Joaquín Buendía, ha desmentido que la Consejería "esté aplicando de forma indebida deducciones retributivas a trabajadores en situación de baja médica".

Por ello, ha invitado a la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras a "asesorarse mejor en esta materia, a pesar de que la Consejería le ha proporcionado toda la información al respecto", tras lo que ha pedido a los representantes del sindicato que "abandonen el desconcierto y la alarma permanente a la que están sometiendo a los trabajadores del ámbito educativo".

En este sentido, Buendía ha asegurado que la Consejería, al igual que el resto de la Administración Autonómica, "está aplicando las normativas estatal (Real Decreto-Ley 20/2012) y autonómica (Ley 5/2012)".

Dichas normativas establecen, según ha explicado, que "las situaciones de incapacidad temporal derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, acogimiento previo, paternidad, riesgo durante la lactancia natural, procesos derivados de enfermedades oncológicas, así como de procesos que requieren hospitalización, tendrá derecho a percibir desde el primer día un complemento salarial del 100 por cien de las retribuciones mensuales".

Así, ha subrayado que "por supuesto quedan al margen de toda reducción todas aquellas situaciones que no son baja por incapacidad temporal, como pueden ser los permisos y licencias por matrimonio, por ejemplo".

Por tanto, ha dicho, "a todos los trabajadores que desde el 15 de julio hayan estado de baja como consecuencia de alguna de estos supuestos, que la ley contempla como excepcionales, no se les aplica en sus nóminas estas deducciones o, en todo caso, habrán de recibir el reintegro correspondiente en el caso de que la justificación haya sido posterior a la baja".

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