El comité de Mercasevilla niega un "imperativo legal" para la liberalización y señala la "promesa" del PP

Defiende que ni el Tribunal de Defensa de la Competencia ni el Parlamento Europeo han emitido resoluciones concluyentes

El comité de empresa de la sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, defiende no pesa "ningún imperativo legal" que obligue al Ayuntamiento hispalense, como socio mayoritario de la compañía, a liberalizar los servicios de la lonja de pescado. Rafael Domínguez (CCOO), presidente del comité de empresa, alega que esta operación deriva simplemente de las "promesas electorales" del Gobierno municipal del PP con los mayoristas de pescado a cuenta de los "excelentes servicios" prestados por este gremio en favor del PP durante la última campaña electoral.

Como se ha informado, la sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, ha celebrado este jueves sendas sesiones de su consejo de administración y de su junta general de accionistas, para ratificar la decisión de la comisión ejecutiva de modificar los reglamentos de prestación de servicios y de régimen interior, al objeto de liberalizar los servicios de la lonja de pescado. Esta medida afecta a unos cien de los 198 miembros de la plantilla, principalmente a los trabajadores de los servicios de la lonja de pescado.

El conflicto de los servicios.

La queja de los mayoristas

Estas decisiones parten de un informe elaborado por Luis Enrique Flores, secretario general del Ayuntamiento y del consejo de administración de Mercasevilla, merced a los requerimientos de la Comisión Europea. Esta institución, según el Ayuntamiento, resolvió en 2011 incoar un expediente por un posible caso de "monopolio" en torno a los servicios que Mercasevilla impone y cobra a los mayoristas de pescado.

Porque en junio de 2010, la asociación de mayoristas de pescado de Mercasevilla elevó a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo un escrito sobre la supuesta "vulneración" de cuatro normas recogidas en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el caso de los servicios que el mercado central de abastos de Sevilla grava a estos empresarios por servicios como la facturación o el transporte y manipulación del género, todos ellos prestados a través de la plantilla de la propia sociedad mixta. Estos gravámenes fueron censurados por el Tribunal de Defensa de la Competencia a través de una resolución emitida en 2002 e incluso ratificada en 2006 por una sentencia de la Audiencia Nacional (AN).

Posible "incompatibilidad"

El Parlamento Europeo, en el seno de su Comisión de Peticiones, examinó el caso y concluyó que "el suministro obligatorio de servicios previo pago" que pesa sobre los mayoristas de pescado de Mercasevilla "podría incidir en la libertad de establecimiento

Así, y merced a los "requerimientos" derivados del expediente incoado por la Comisión Europea, el secretario general del Ayuntamiento emitió un informe jurídico titulado "La prestación de servicios en Mercasevilla". Este informe, recogido por Europa Press, concluye que los reglamentos de prestación de servicios y régimen interior de Mercasevilla necesitan una "profunda revisión" y que los servicios a prestar "en régimen de monopolio" habrán de estar circunscritos exclusivamente a los servicios públicos o comunes, con lo que "el resto de servicios deben ser liberalizados".

La reacción del comité

Dado el caso, Rafael Domínguez (CCOO), presidente del comité de empresa de Mercasevilla, ha advertido, en un escrito recogido por Europa Press, que "no existe el imperativo legal" esgrimido por el Gobierno municipal del PP "para privatizar" la lonja de pescado. Tal extremo, según el presidente del comité de empresa, "obedece a una decisión política del actual Gobierno Municipal y sólo puede explicarse en las promesas y compromisos electorales del partido que sustenta a este gobierno, con un grupo de mayoristas de pescado al que, además, tienen la obligación moral de pagar los 'excelentes' servicios prestados durante la campaña electoral".

Domínguez esgrime que la propia sentencia de la Audiencia Nacional argumentada por el Gobierno municipal trata como "simple informe de naturaleza no vinculante", o como "una mera sugerencia", la resolución previa del Tribunal de Defensa de la Competencia. En paralelo, "el último pronunciamiento conocido de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo recoge en su conclusión, textualmente, que la Comisión no se halla en disposición de juzgar la situación", por lo que la plantilla prevé impugnar ante los tribunales la modificación de reglamentos acordada.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento