Gobierno central aprueba un Real Decreto de gestión de los recursos hidráulicos en la Cuenca del Segura

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el proyecto de Real Decreto por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales de gestión de los recursos hidráulicos para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro en la cuenca hidrográfica del río Segura, mediante la infraestructura del trasvase Tajo-Segura.
Construcción de un baipás
Construcción de un baipás
CHS
Construcción de un baipás

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el proyecto de Real Decreto por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales de gestión de los recursos hidráulicos para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro en la cuenca hidrográfica del río Segura, mediante la infraestructura del trasvase Tajo-Segura.

La infraestructura de este trasvase se separa en dos canales principales de distribución, uno de los cuales atraviesa un túnel, bajo la sierra de Ulea, que sufrió un derrumbe.

Se interrumpió así el suministro de caudales al canal principal de la margen izquierda, afectando a usuarios de las provincias de Murcia y Alicante, desabastecidos, según el Ministerio.

En concreto, el túnel del trasvase Tajo-Segura averiado se ubica en el término municipal de Ulea, aguas abajo del azud de Ojós. Con una longitud de 3,4 kilómetros y cinco metros de diámetro, es el inicio del canal principal de la margen izquierda del postrasvase Tajo-Segura.

Desde su rotura, el Ministerio se volcó en la puesta en marcha de medidas para superar los efectos de la interrupción parcial del suministro de agua, como la construcción de un baipás y de un desvío alternativo para bombear el agua desde el cauce del Segura hasta el acueducto.

Dada la situación de emergencia y las "cuantiosas" pérdidas económicas que la situación puede acarrear, se ha aprobado este Real Decreto que dota a la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) del Ministerio de los instrumentos legales que faculta la Ley de Aguas, permitiéndola ordenar los recursos de la forma más conveniente para el interés general y acometer las actuaciones de emergencia necesarias.

Este Real Decreto será de aplicación a aquellos aprovechamientos de aguas públicas de las provincias de Murcia y Alicante que reciben suministro a través de la infraestructura que ha quedado sin servicio, y que no pueden ser atendidos con los recursos almacenados en el embalse de la Pedrera (Alicante).

También será de aplicación a aquellos otros aprovechamientos de aguas públicas que, en función de su ubicación y particulares, pueden ser empleados para abastecer a los anteriores.

Las medidas previstas en este Real Decreto se aplicarán mientras no se produzca la reanudación plena del suministro, y contemplan la puesta en marcha de sondeos o captaciones que permitan la aportación provisional de nuevos recursos con los que satisfacer las demandas más urgentes, o la adaptación del régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades de suministro.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento