El Gobierno incrementará las competencias del FROB para intervenir y liquidar bancos

  • Tiene previsto aprobar este viernes en Consejo de Ministros un decreto ley que incrementa sus competencias.
  • Podrá incluso intervenir bancos que cumplan los requisitos de solvencia, si hay "elementos objetivos" que indiquen que no van a poder seguir haciéndolo.
  • Cambia la composición del FROB, otorgando más poder al Gobierno.
Fachada del edificio del Banco de España, en Madrid.
Fachada del edificio del Banco de España, en Madrid.
JORGE PARÍS
Fachada del edificio del Banco de España, en Madrid.

El Banco de España, que, pese a reconocer por boca del nuevo gobernador Luis María Linde que "se actuó con poca decisión o de modo insuficiente o inadecuado", también con frecuencia argumentó que no tenía suficientes competencias para actuar con mayor intensidad y diligencia.

Pues parece que el Gobierno de Mariano Rajoy va a concedérselas. El Ejecutivo tiene previsto aprobar este viernes en Consejo de Ministros un decreto ley, sujeto aún posibles cambios, que permite la "intervención temprana" de entidades que, pese a cumplir con los requisitos de solvencia o liquidez, presenten "elementos objetivos" por los que resulte previsible que no van a poder seguir cumpliéndolos, según han podido saber El País y Expansión. que han tenido acceso al borrador del decreto.

Según estipula en el borrador del Real Decreto de Reestructuración y Resolución Ordenada de Entidades de Crédito, el fondo de rescate bancario español (FROB) deberá ser informado puntualmente por el Banco de España de sus actuaciones, dar su visto bueno y recibir posteriormente informes trimestrales del proceso.

De hecho cambia de forma notable la composición del FROB, otorgando más poder al Gobierno. La comisión rectora estaba formada hasta ahora por dos miembros del Ministerio de Economía, cuatro del Banco de España y tres del Fondo de Garantía de Depósitos de las entidades. Ahora habrá cinco miembros designados por el Ejecutivo y cuatro por el Banco de España.

Y si el Banco de España va a poder encargarse de las entidades en problemas, pese a que aún sean solventes y no precisen ayudas públicas, según el decreto ley serán competencia del FROB las situaciones más problemáticas en las que resulte preciso reestructurar o liquidar ("resolución ordenada") entidades.

También es responsabilidad del FROB decidir de qué manera se inyecta dinero en una entidad: en efectivo, mediante títulos de deuda emitidos por el Tesoro, por el propio FROB o por el fondo de rescate europeo.

Un 'banco puente' además de un banco malo

En el borrador se contempla la liquidación de aquellas entidades incapaces de devolver las ayudas públicas recibidas en un plazo de tiempo "razonable" que el borrador no concreta.

El FROB tendrá dos meses para elaborar un plan de resolución en dos meses o iniciar un "procedimiento concursal". En caso de tener que liquidar una entidad, el FROB será el responsable de determinar su valor de la entidad y traspasar los activos o pasivos a un “banco puente” vendible. Este banco puente es  una de las novedades del borrador: "El banco puente será administrado y gestionado con el objetivo de venderlo, o bien vender sus activos o pasivos, cuando las condiciones sean apropiadas y, en todo caso, en un plazo máximo de cinco años desde su constitución"

Los activos tóxicos pasarían a un 'banco malo'. Y lo podrá hacer “sin necesidad de obtener el consentimiento de los accionistas de la entidad ni de terceros diferentes del comprador, y sin tener que cumplir los requisitos de procedimiento exigidos por la legislación mercantil”.

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