No obstante, fuentes del Ministerio de Economía explicaron hque las máquinas fabricadas desde el pasado 1 de enero ya incorporan la posibilidad de utilizar este dispositivo, mientras que las que aún no lo tienen disponen de unos tres meses para adaptarse a la normativa.
Para comprar, hay que pedirlo
En virtud de esta disposición, las máquinas permanecerán en reposo indicando en un mensaje que están bloqueadas, de forma que todo aquel que quiera hacer uso de las mismas deba solicitar su activación al responsable del establecimiento, que "sólo habilitará la máquina una vez comprobada la mayoría de edad del cliente".
Por su parte, el responsable del local controlará la venta a distancia a través de un cable con interruptor o selector conectado a la máquina y situado al alcance del responsable, o bien mediante un emisor y receptor de radiofrecuencia cuya personalización se haga internamente en la máquina para evitar así la manipulación externa.
Asimismo, los fabricantes, importadores e instaladores de dichas máquinas deberán proveer de un certificado que especifique que el sistema de control se encuentra de acuerdo a la especificación descrita, remitiendo una copia de dicha certificación al Comisionado para el Mercado de Tabacos para "identificar correctamente la máquina".


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