El Justicia pide al Ayuntamiento de San Juan de Plan pavimentar la calle Alta de la localidad

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Ayuntamiento de San Juan de Plan que, atendiendo a la denuncia de mal estado y falta de arreglo de la calle Alta de la localidad, adopte las medidas necesarias para pavimentar esa vía en toda su longitud "en condiciones equivalentes al resto de las vías urbanas de dicha población".

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Ayuntamiento de San Juan de Plan que, atendiendo a la denuncia de mal estado y falta de arreglo de la calle Alta de la localidad, adopte las medidas necesarias para pavimentar esa vía en toda su longitud "en condiciones equivalentes al resto de las vías urbanas de dicha población".

La Institución del Justicia recibió en diciembre de 2011 un queja individual que explica que en los años 70 del siglo pasado se arreglaron todas las calles de esta localidad, excepto unos metros de la calle Alta, por lo que "se ha insistido al Ayuntamiento el arreglo de la misma", pero "siempre nos han dado evasivas".

La persona que presenta la queja agrega que el actual estado de la calle "supone unas barreras que mis padres, de 91 y 84 años, respectivamente, no pueden transitar" por lo que "verbalmente hemos hecho quejas y más quejas y siempre nos han dado largas".

Ahora, "han hecho una rampa lateral intransitable" y "no entendemos por qué no arreglan esos metros como el resto de las calles del pueblo".

Una vez admitida a trámite la queja, la Institución del Justicia requirió información al Ayuntamiento de San Juan de Plan sobre las actuaciones realizadas en la citada vía, que se solicitó por dos veces más, sin que se haya recibido respuesta.

El Justicia apunta en el expediente que este consistorio del Alto Aragón ha incumplido con las obligaciones legales con la Institución, "que posee plena competencia para supervisar la actuación de los entes locales de la Comunidad autónoma".

Asimismo, le ha recordado que, conforme a lo establecido en artículo 44 de la Ley de Administración Local de Aragón, todos los municipios tienen la obligación mínima de "pavimentación y conservación de las vías públicas".

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