La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel y 2.160 euros de multa a una pareja que instaló una casita de madera prefabricada de 5 por 5 metros en una parcela de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) calificada como no urbanizable.
Una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia confirma en todos sus extremos el fallo anterior del juzgado penal 13 de Sevilla, que incluye la demolición a costa de los acusados de lo levantado, pese al decreto de la Junta de Andalucía de enero de 2012 que pretende legalizar unas 250.000 viviendas de este tipo.
Se trata sin duda de una edificación y no una mera casetilla para albergar aperos de labranzaLos acusados M.A.L. y J.R.R. compraron una parcela en el paraje conocido como "Las Cuarenta Chicas" de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) y después de diciembre de 2005 instalaron una casa de madera sobre base de hormigón y, junto a ella, una casetilla de obra para aseo y cocina de unos 2 metros por 5,9 metros.
Dice la Audiencia que no hay duda de que la construcción se destinaba a habitación o reunión de personas, y pese a sus "mínimas dimensiones" se trataba "sin duda de una edificación y no una mera casetilla para albergar aperos de labranza, de posible autorización".
Además, "no resulta irrelevante ni insignificante" que se asentaba sobre una base de hormigón y a su lado tenía una casetilla de obra para aseo y cocina, además de luz, agua de pozo y antena de televisión.
"Vocación de permanencia"
Según la Audiencia, "el acento debe ponerse no tanto en el método constructivo empleado, con mayor o menor número de elementos prefabricados, o con mayor o menor dificultad de desmontaje, como en el efecto o resultado final producido y en la vocación de permanencia".
Recuerda que "construcción", a efectos del delito urbanístico, "es toda actividad de modificación sustancial de la configuración original del terreno, con vocación de permanencia, realizada por el hombre y con el empleo de los medios mecánicos y técnicos apropiados".
Además, los informes emitidos por el arquitecto técnico del Ayuntamiento "no dejan lugar a dudas" de que las edificaciones ocupan suelo no urbanizable, sin la obtención de licencia.
Por ello, la Audiencia confirma en todos sus extremos la sentencia del juzgado penal, que condenó a la pareja a seis meses de cárcel y multa de doce meses con cuota diaria de 6 euros, o que equivale a 2.160 euros.
Consulta aquí más noticias de Sevilla.


Anulan la causa abierta contra Miguel Blesa
Obama afirma que todos merecen una "oportunidad" laboral
Torrens: "En cada partido nos ponemos las pinturas de guerra"
La expulsión de Maribel en 'MasterChef' desata emociones dentro y fuera de la pantalla
Miley Cyrus: "El alcohol es mucho más peligroso que la marihuana"
La renta per cápita siguió cayendo en 2012 por debajo de la media de la UE
El director de FSM Group culpa a Miguel Ángel Flores del sobreaforo en el Madrid Arena
Mas dará explicaciones sobre el 'caso Palau' en una comisión

