El Gobierno crea el Departamento de Seguridad Nacional

  • El objetivo es asesorar al jefe del Ejecutivo en materia de seguridad.
  • El Boletín Oficial del Estado publica la creación de este departamento, que dependerá del director adjunto del Gabinete de Presidencia del Gobierno.
  • Según el Gobierno, la sustitución de un organismo por otro responde a motivos económicos, ya que permitirá reducir el número de subvenciones existentes.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
J.J. Guillén / EFE
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

El Gobierno ha decidido eliminar el Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis de Presidencia del Gobierno y sustituirlo por el Departamento de Seguridad Nacional, que tiene como objetivo asesorar al jefe del Ejecutivo en materia de seguridad.

El nuevo departamento, según publica este lunes el Boletín Oficial del Estado, dependerá del director adjunto del Gabinete de Presidencia del Gobierno, Alfonso Senillosa.

Uno de los motivos de este cambio, según han informado fuentes del Gobierno, es el económico, ya que permitirá reducir el número de subdirecciones existentes.

Hasta ahora había cuatro: Departamento de Infraestructura y Seguimiento para situaciones de crisis, Unidad de Alerta y Seguimiento, Unidad de Coordinación de Crisis y Unidad de Infraestructura.

Ahora, con nivel orgánico de subdirector general solo habrá un director operativo del departamento de Seguridad Nacional.

Entre las funciones del departamento de Seguridad Nacional estará contribuir a la redacción, implantación y revisión de las estrategias, así como la coordinación y el seguimiento de las directivas y la integración de los planes que en materia de seguridad nacional se desarrollen.

Asimismo, ayudará a la preparación de propuestas normativas, estudios e informes sobre seguridad nacional y a la divulgación de la información que resulte de interés en esta materia.

Entre sus funciones, la de realizar el seguimiento de los riesgos, amenazas o situaciones de crisis o emergencia nacionales e internacionales, en coordinación con los órganos y autoridades directamente competentes, y servir como órgano de apoyo para las decisiones de la Presidencia del Gobierno o de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.

Deberá además analizar los posibles escenarios de crisis, estudiar su posible evolución, diseñar y custodiar, en coordinación con los órganos competentes, los planes de contingencia que respondan a cada una de la situaciones, elaborando con los respectivos Ministerios los catálogos de medidas de respuesta.

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