¿Qué significa eso? Que el nivel de ruido provocado en esta calles por los establecimientos públicos, las personas o el tráfico supera el límite establecido en la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente en materia de ruidos y vibraciones.
Esta declaración permite que el Ayuntamiento pueda adoptar en el área medidas como no otorgar más licencias de apertura de establecimientos públicos o impedir la modificación o ampliación de aquellas actividades que estén en el origen de la saturación de ruidos. También está facultado para, según la normativa vigente, limitar el régimen de horarios y prohibir o reducir la colocación de mesas y sillas en la vía pública en horarios determinado. Además, se establecerían límites de emisión de ruidos al exterior más restrictivos que los de carácter general. Se podrá regular el tráfico de vehículos y buscar alternativas a su tránsito.
Desde 2001 se han declarado zonas ruidosas La Gavidia (desde San Lorenzo a Alfonso XII), Reina Mercedes, el Arenal (del paseo Colón a la avenida de la Constitución), La Alfalfa, la calle Betis, Viapol, Monte Carmelo y Virgen de la Cinta.


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