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Condenados seis responsables de seguridad por la muerte de dos obreros en accidente laboral

Las claves:

  • Las penas van de los dos años a los dos años y medio.
  • Es una de las primeras penas con cárcel por un accidente laboral.
  • La sentencia establece una escala de responsabilidades y reconoce el delito de homicidio indirecto.

La Audiencia de Madrid ha condenado a penas de entre 2 años y 2 años y medio de prisión a los seis responsables de la seguridad de una obra en la que murieron dos trabajadores al desmontar un andamio, en una de las primeras sentencias con penas de cárcel en el ámbito de la siniestralidad laboral.

De esta forma, la sentencia determina que la responsabilidad de estas dos muertes corresponde a los arquitectos de la obra -cuya empresa encargada era COEGINSA-, a los jefes y encargados de la misma y al presidente de la empresa que alquiló la maquinaria (CMAQ).

La sentencia es novedosa porque establece una escala de responsables y no se queda en el primer escalón

Según declaró el teniente fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Pedro Martínez, esta sentencia es "novedosa" porque establece una "escala de responsables" y "no se queda en el primer escalón".

Añadió además que reconoce dos delitos de homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad de los trabajadores, lo que hace, explicó Martínez, que se unifiquen en una pena única de prisión efectiva.

Las penas

La Audiencia madrileña mantiene la pena impuesta a esos dos acusados, Juan Angel B.A. y Vicente P.O. y condena también al arquitecto y jefe de grupo de la obra, Emilio R.C., al jefe de la obra y arquitecto, Pablo Q.G., al encargado de la misma, Felipe E.P. y al presidente de CMAQ, Jacinto C.C..

 

Todos han sido condenados a dos años, seis meses y un día de prisión por dos delitos de homicidio imprudente
  Todos han sido condenados a dos años, seis meses y un día de prisión por dos delitos de homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad de los trabajadores, excepto el encargado de la obra y el delegado de CMAQ que, según la sentencia, son autores materiales de dos delitos de homicidio imprudente por lo que deberán cumplir una pena de dos años de cárcel.

 

Además, los seis acusado tienen que indemnizar a la viuda de uno de los fallecidos (José Antonio C.T.) con 140.683,23 euros, y al padre del otro obrero muerto (José Antonio H.G.) con 66.203,89 euros, de lo que responderán directamente las aseguradoras Plus Ultra y Ocaso y subsidiariamente la promotora de la obra COGEINSA y CMAQ.

3 Comentarios
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Dice ser tiye
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Dice ser tiye, 19.09.2006 - 07.52h

Es evidente que es la unica manera de terminar con el escandalo de las muertes laborales en España.

Apoyo ya animo a los jueces que sigan en esta linea.

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Dice ser Francisco de Asís Rodriguez
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Dice ser Francisco de Asís Rodriguez, 26.09.2006 - 08.35h

Toda muerte trabajando es dolorosa e incomprensible. Sin embargo no se aborda la causa original. No se sanciona la falta de prevención, ni nadie parece se haga las siguientes preguntas: ¿quien no tuvo en cuenta los Principios Generales de Prevención (art. 15 de LPRL) cuando inició la cadena de contrataciones? ¿Donde están los Planes de Prevención de Riesgos Laborales de las empresas participantes? ¿A qué se dedican los Servicios de Prevención? Hasta quien sanciona y juzga no se haga estas preguntas, se estarán sacrificando inocentes. No basta con el Plan de Seguridad, pues es insuficiente si cada empresa no tiene bien gestionada su propia seguridad.
LA INFORMACION DEL TRABAJADOR ES PROBLEMA DE SU PROPIO EMPRESARIO.
Saludos cordiales

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Dice ser Francisco de Asís Rodriguez
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Dice ser Francisco de Asís Rodriguez, 29.04.2007 - 10.53h

¿Todavia siguen Vds. con lo mismo? Tanto la sentencia de 1ª Instancia como la de la Audiencia de Madrid son una muestra del desconocimiento que las doz juezas tienen de la Ley de Prevención. Este tipo de sentencias son una absoluta injusticias. Y además omiten Vds. que los dos trabajadores estaban drogados hasta el tuétano. La máquina utilizada era excelente. La decisión de los dos trabajadores que se auto pusieron en peligro, no puede llevar la condena de inocentes. La Administración no da ejemplo cuando hace sus propias obras. Ese es el problema.

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